STSJ Comunidad de Madrid 448/2016, 28 de Septiembre de 2016
Ponente | RAFAEL BOTELLA GARCIA-LASTRA |
ECLI | ES:TSJM:2016:10753 |
Número de Recurso | 512/2015 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 448/2016 |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Octava
C/ General Castaños, 1, Planta 1 - 28004
33009710
NIG: 28.079.00.3-2015/0013232
Procedimiento Ordinario 512/2015 P - 01
SENTENCIA NÚMERO 448/2016
Ilmos. Sres.:
Presidente
Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano
Magistrados
Doña Emilia Teresa Díaz Fernández
D. Rafael Botella y García Lastra
D. Francisco Javier González Gragera
En la Villa de Madrid el día 28 de septiembre del año dos mil dieciséis
V I S T O S por la Sala constituida por los Señores referenciados al margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso- administrativo número 512 / 2015 formulado ante la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid interpuesto por la Procurador de los Tribunales Sra. Dª Ana Delia Villalonga Vicens en nombre y en representación de Emma y bajo la dirección del Letrado Sr. D. Rafael Uña Ruano.
Ha sido parte demandada la COMUNIDAD DE MADRID, representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.
El pasado 2 de julio de 2015 Emma compareció ante este Tribunal Superior de Justicia expresando su intención de formular recurso contra la desestimación presunta del escrito presentado en la Consejería de Asuntos Sociales en fecha 1 de octubre de 2014 al efecto de que se hiciese efectiva la prestación de la Renta Mínima de Inserción que le había sido reconocida el pasado 27 de diciembre de 2013.
Tras serle designados Abogado y Procurador del Turno de Oficio en fecha 6 de octubre de 2015 se tuvo por interpuesto el recurso disponiéndose recabar el expediente con la finalidad de que por la actora se pudiera deducir demanda.
El expediente tuvo entrada en esta Sección el pasado 3 de noviembre de 2015 fecha en que se dispuso hacer entrega a la actora para que formulase demanda lo que verificó el siguiente 11 de noviembre de 2015 en la que tras alegar lo que a su derecho convino terminaba con la súplica que transcribimos:
Que teniendo por presentado este escrito se digne admitirlo, unirlo a los autos de su razón y por formulada demanda, en tiempo y forma, en el presente recurso Contencioso Administrativo, contra la desestimación, por silencio administrativo de la solicitud de Dª. Emma para que la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid continuara con el abono de la renta mínima de inserción a la misma, concedida por Resolución de la Directora General de Servicios Sociales de fecha 27 de diciembre de 2013, con efectos de 1 de enero de 2014, así como el abono de las cantidades correspondientes a la prestación de los meses impagados.
Mediante Diligencia de fecha 12 de noviembre de 2015 se dispuso dar traslado a la demandada para que contestase la demanda lo que verificó el pasado 30 de noviembre en escrito en el que tras alegar lo que consideraba oportuno terminaba con la súplica de que previos los trámites necesarios se dictase sentencia desestimando el recurso de la actora toda vez que la misma percibe, y ha venido percibiendo la suma de 375,55 € que se le reconoció como renta mínima de inserción.
Por decreto de fecha 2 de diciembre de 2015 se fijó la cuantía del recurso, disponiéndose, a su vez por auto de la misma fecha no recibir el pleito a prueba sin perjuicio de tener por reproducido el expediente administrativo y los documentos aportados.
Firme el auto anterior mediante diligencia de fecha 7 de enero de 2016 se dejó pendientes de señalamiento estas actuaciones.
Mediante providencia de fecha 6 de julio pasado se señaló para votación y fallo del recurso la audiencia del día 21 de septiembre de este año fecha en la que ha tenido lugar.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Rafael Botella y García Lastra, quien expresa el parecer de la Sección.
A los anteriores son de aplicación los siguientes
La representación de Emma, formula el presente recurso contra la desestimación presunta del escrito presentado en la Consejería de Asuntos Sociales en fecha 1 de octubre de 2014 al efecto de que se hiciese efectiva la prestación de la Renta Mínima de Inserción que le había sido reconocida el pasado 27 de diciembre de 2013.
La pretensión de la actora se refleja en el antecedente de hecho 3º de esta Sentencia, por lo que, a lo ahí expresado nos remitimos.
Conforme establece la Exposición de Motivos de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, por razón de su objeto, se establecen cuatro modalidades de recurso: el tradicional dirigido contra actos administrativos, ya sean expresos o presuntos; el que, de manera directa o indirecta, versa sobre la legalidad de alguna disposición general, que precisa de algunas reglas especiales; el recurso contra la inactividad de la Administración; y el que se interpone contra actuaciones materiales constitutivas de vía de hecho.
Por consiguiente, se regula un procedimiento especial...
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