SAP Valladolid 258/2016, 27 de Septiembre de 2016

PonenteJOSE JAIME SANZ CID
ECLIES:APVA:2016:912
Número de Recurso22/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución258/2016
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

VALLADOLID

SENTENCIA: 00258/2016

N10250

C.ANGUSTIAS 21

Tfno.: 983.413495 Fax: 983.459564

MGA

N.I.G. 47186 42 1 2015 0007747

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000022 /2016

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 8 de VALLADOLID

Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL 0000469 /2015

Recurrente: DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

Procurador:

Abogado: ABOGADO DEL ESTADO

Recurrido: Alejandra, Fernando

Procurador: DAVID GONZALEZ FORJAS, NATALIA DOLORES MONSALVE RODRIGUEZ

Abogado: RAMIRO PEREZ ALVAREZ, Mª DOLORES CALDERON CUADRADO

S E N T E N C I A Nº 258

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JOSE JAIME SANZ CID -PonenteIlmos. Sres. Magistrados:

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

D. ANGEL MUÑIZ DELGADO

En Valladolid a veintisiete de Septiembre de dos mil dieciséis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de JUICIO VERBAL 0000469 /2015, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 8 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000022 /2016, en los que aparece como parte apelante, DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, asistida por el ABOGADO DEL ESTADO, y como parte apelada, Dª. Alejandra

, representada por el Procurador de los tribunales, D. DAVID GONZALEZ FORJAS y asistido por el Abogado D. RAMIRO PEREZ ALVAREZ; y D. Fernando, representado por la Procurador de los tribunales Dª. HENAR MONSALVE RODRIGUEZ y asistido por la Abogado Dª. Mª DOLORES CALDERON CUADRADO, sobre impugnación acuerdo de la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. JOSE JAIME SANZ CID.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 8 de VALLADOLID, se dictó sentencia con fecha 13 de Noviembre de 2015, en Autos de Juicio Verbal, nº 469/ 2015, del que dimana este recurso.

SEGUNDO

La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento:

Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. González Forjas en nombre y representación de DOÑA Alejandra contra LA RESOLUCION DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, de fecha 3 de Marzo de 2015, que desestimó el recurso gubernativo interpuesto y confirmó la calificación del Registrador de la propiedad nº 3 de Valladolid, debo dejar sin efecto la misma y ordenar la inscripción de la escritura autorizada por el Notario de Valladolid Don Ignacio Cuadrado Zuloaga de fecha 10 de Septiembre de 2014, con el numero 2073 de protocolo junto con el testamento otorgado en Valladolid ante el Notario Don Jesús Torres Espiga en fecha 8 de febrero de 2006, con el nº 464 de su protocolo, en el Registro de la propiedad nº 3 de Valladolid, sin hacer expresa imposición de costas por las razones indicadas.

Notificada la anterior sentencia a las partes por la parte demandada se interpuso recurso de apelación, oponiéndose al mismo la parte actora.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, se señaló para la deliberación, votación y fallo el pasado día veinte, en que ha tenido lugar lo acordado.

ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en tanto no se opongan a la presente resolución.

SEGUNDO

El 8 de febrero de 2006 se otorga testamento abierto por D. Juan Miguel . Con posterioridad, el 23 de octubre del mismo año otorga testamento ológrafo mejorando a Doña Virtudes ., con la que había convivido los últimos veinte años, pero sin modificar el contenido del testamento abierto, habiendo sido protocolizado dicho testamento por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Valladolid.

El testamento contiene una partición total de los bienes que componían el patrimonio del causante. Designa heredera universal de todos sus bienes a su hija Alejandra, ante tales manifestaciones la heredera comparece ella sola ante notario para aceptar la herencia. Esa escritura es presentada en el Registro de la Propiedad denegando el...

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