SAP Murcia 454/2016, 27 de Septiembre de 2016
Ponente | ABDON DIAZ SUAREZ |
ECLI | ES:APMU:2016:2155 |
Número de Recurso | 30/2016 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 454/2016 |
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
MURCIA
SENTENCIA: 00454/2016
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
1- SCOP AUDIENCIA TLF: 968 229157 FAX: 968 229278 2- SCEJ PENAL, TLF: 968 271373, FAX: 968 834250 Teléfono: a
664250
N.I.G.: 30030 43 2 2012 0229117
APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000030 /2016 Delito/falta: IMPAGO DE PENSIONES Denunciante/querellante: Bruno
Procurador/a: D/Dª JOSE DIEGO CASTILLO GOMEZ Abogado/a: D/Dª MARIA LUISA SANCHEZ ALCARAZ Contra:
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
AUDIENCIA PROVINCIAL Rº 30/16
SECCION SEGUNDA PA 212/15
MURCIA PENAL 4. MURCIA
S E N T E N C I A N º 4 5 4 / 2 0 1 6
ILMOS. SRES.:
D. Abdón Díaz Suárez
PRESIDENTE
D. Jaime Bardají García
Dña. María Ángeles Galmés Pascual
MAGISTRADOS
En la ciudad de Murcia a veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis. La Sección 2ª de esta Audiencia Provincial, integrada por los magistrados que figuran en el encabezamiento de esta resolución, ha pronunciado esta sentencia en el recurso de apelación interpuesto contra la dictada por el Juzgado de lo Penal nº Cuatro de Murcia, en el PA de la Ley Orgánica 7/88 nº 212/15, en causa seguida por delito de abandono de familia por impago de pensiones, contra Bruno .
Han intervenido el Ministerio Fiscal y Gonzalo representado por la Procuradora Sra. Oliva Sánchez y defendido por el Letrado Sr. Bernal Salvador como recurridos, y como recurrente Bruno, representado por el Procurador Sr. Castillo Gómez, bajo dirección letrada de la Sra. Sánchez Alcaraz.
Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Abdón Díaz Suárez, Presidente del Tribunal, que expresa el parecer de la Sala.
El Juzgado de lo Penal nº Cuatro de Murcia dictó en las referidas diligencias sentencia con
fecha2 de febrero de 2.016 sentando como hechos probados lo siguiente: "Resulta probado y así se declara que la acusada Bruno, mayor de edad y sin antecedentes penales, hallándose obligada en virtud de sentencia de divorcio de fecha 21 de marzo de 2.012, dictada en los autos de divorcio 999/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Murcia, a abonar en concepto de pensión alimenticia a favor de su hija menor de edad la cantidad de 180 euros al mes, no ha abonado la misma, pese a tener capacidad para ello, desde el dictado de la resolución judicial".
Estimando el juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos del delito, dictó el siguiente "FALLO.- Que debo condenar y condeno a Bruno como autora criminalmente responsable del delito de abandono de familia por impago de pensión, previsto y penado en el art. 227 del Código Penal, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de cuatro meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y a que indemnice a Gonzalo en la cantidad de 8.100 euros, con imposición de las costas del presente procedimiento."
Contra tal sentencia en nombre y representación de Bruno se dedujo en tiempo y forma recurso de apelación, fundamentándolo en síntesis en los motivos que se expresan y analizan en los fundamentos de esta resolución.
Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a las demás partes personadas, solicitando el Ministerio Fiscal la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos.
A continuación se remitieron por el Juzgado las diligencias originales a esta Audiencia, en la que se formó el oportuno Rollo, con el nº 30/16, señalándose el día 27 de septiembre de 2016, para deliberación y fallo al no estimarse preciso la celebración de la vista pública.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
-
HECHOS PROBADOS
Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos de la sentencia recurrida.
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