SAN 550/2016, 5 de Octubre de 2016

PonenteFERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2016:3800
Número de Recurso84/2016

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN QUINTA

Núm. de Recurso: 0000084 / 2016

Tipo de Recurso: APELACION

Núm. Registro General : 00244/2016

Apelante: D. Rafael

Apelado: MINISTERIO DEL INTERIOR

Abogado Del Estado

Ponente IImo. Sr.: D. FERNANDO F. BENITO MORENO

SENTENCIA EN APELACION

IImo. Sr. Presidente:

D. JOSÉ LUIS GIL IBÁÑEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE MARIA GIL SAEZ

D. JESÚS N. GARCÍA PAREDES

D. FERNANDO F. BENITO MORENO

Dª. ALICIA SANCHEZ CORDERO

Madrid, a cinco de octubre de dos mil dieciséis.

Visto por la Sala constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen el Recurso de Apelación interpuesto por DON Rafael, en su propio nombre y derecho, contra el auto de fecha 15 de diciembre de 2015, dictado por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 9, en procedimiento abreviado 21/2013, en ejecución de sentencia; habiendo sido parte, además, la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON FERNANDO F. BENITO MOREN O.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Deducido recurso de apelación por el recurrente, formulando las alegaciones de hecho y de derecho que estimó oportunas, se tuvo por interpuesto por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo y se dio traslado del mismo a las demás partes para que pudieran formalizar su oposición.

SEGUNDO

El Abogado del Estado dedujo el correspondiente escrito oponiéndose e impugnando el recurso de apelación, solicitando la desestimación del mismo. TERCERO .- Elevadas las presentes actuaciones a la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, previo emplazamiento de las partes, y su personación, se señaló para que tenga lugar la votación y fallo del mismo la audiencia del día 4 de octubre de 2016.

VISTOS los preceptos que se citan por las partes y los de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se formula contra el auto de 15 de diciembre de 2015, dictado por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 9, en procedimiento abreviado 21/2013, en ejecución de sentencia

SEGUNDO

En sentencia en 20 de noviembre de 2013, dictada por ese Juzgado, la parte dispositiva contenía el siguiente tenor literal:

"ESTIMANDO PARCIALMENTE el recurso interpuesto por Rafael contra las resoluciones identificadas en el fundamento de derecho primero, acuerdo retrotraer el procedimiento al momento anterior a dictar la resolución de fecha 8 de octubre de 2012, dictada por la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se resuelve el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los servicios periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, convocado por la Resolución de 23 de marzo de 2012, para que la Administración motive por qué no se cubrieron plazas que quedaron vacantes, cuando las mismas si habían sido solicitadas. No cabe hacer expreso pronunciamiento sobre las costas del procedimiento."

Dicha sentencia fue confirmada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso- administrativo de la Audiencia Nacional en apelación, de fecha 21 de mayo de 2014 .

TERCERO

Por la parte recurrente se presentó escrito solicitando la ejecución forzosa de la sentencia.

En resolución de fecha 20 de octubre de 2.014, se acordó requerir a la Administración demandada a fin de que emitiera informe sobre las actuaciones practicadas en orden al cumplimiento de lo dispuesto en el fallo.

De dicho informe de la Administración se dio traslado al recurrente para alegaciones, lo que hizo con la presentación del correspondiente escrito que obra en las actuaciones.

CUARTO

Con fecha de 15 de diciembre de 2015, se dictó Auto por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 9, declarando bien ejecutada la Sentencia recaída en los autos del recurso PA...

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