STSJ Aragón 24/2016, 14 de Octubre de 2016

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
ECLIES:TSJAR:2016:1403
Número de Recurso35/2016
ProcedimientoRecurso de Casación Autonómico
Número de Resolución24/2016
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2016
EmisorSala de lo Civil y Penal

T.S.J.ARAGON SALA CIV/PE

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00024/2016

Recurso de Casación 35/2016

S E N T E N C I A NUM. VEINTICUATRO

Excmo. Sr. Presidente /

D. Manuel Bellido Aspas /

Ilmos. Sres. Magistrados /

D. Javier Seoane Prado /

D. Luís Ignacio Pastor Eixarch /

Dª. Carmen Samanes Ara /

D. Ignacio Martínez Lasierra /

En Zaragoza, a catorce de octubre de dos mil dieciséis.

En nombre de S. M. el Rey.

La Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha visto el presente recurso de casación número 35/2016 interpuesto contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección Segunda, de fecha 4 de mayo de 2016 recaída en el rollo de apelación número 713/2015 , dimanante de autos de modificación de medidas núm. 304/2015, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Zaragoza, en el que son partes, como recurrente, D. José representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Mª del Carmen Maestro Zaldivar y dirigido por el Letrado D. Juan José Núñez Maestro frente Dª. Serafina , representada por el Procurador de los Tribunales D. José Alfonso Lozano Vélez de Mendizabal y dirigida por la Letrada Dª. Mª Pilar Español Bardaji.

Es Ponente el Magistrado de esta Sala Ilmo. Sr. D. Javier Seoane Prado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Zaragoza, la Procuradora de los Tribunales Dª. María del Carmen Maestro Zaldivar, actuando en nombre y representación de D. José presentó demanda de modificación de medidas frente a Dª. Serafina , en base a los hechos y fundamentos de derecho que expresó en la misma y terminó suplicando que, "tenga por interesada la modificación de la medida definitiva nº 3 adoptada en Sentencia dictada en autos de Divorcio nº 966-2010; emplace a la demandada y, tras la sustanciación procedente, decrete la eliminación de la antedicha medida, cesando la obligación del actor de pagar importe alguno en concepto de pensión de alimentos para el hijo común, cesación de efectos desde el momento de la presentación de este escrito de demanda."

Por otrosí pidió prueba documental.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, se acordó dar traslado a la parte contraria, emplazándola para que compareciera en autos en tiempo y forma.

Dentro de plazo contestó a la demanda con base en los hechos y fundamentos de derecho que expresó en la misma y solicitó "dicte sentencia por la que se desestime la petición de modificación de medidas, manteniendo íntegramente las medidas decretadas en sentencia de divorcio de fecha 11 de noviembre de 2010 , con expresa condena en costas al actor por temeridad y mala fe civil."

Por otrosí, solicitó la práctica de prueba anticipada.

El Juzgado de Primera Instancia num. Seis de Zaragoza, previos los trámites legales oportunos, incluida la práctica de prueba que fue propuesta y admitida, dictó Sentencia en fecha 30 de julio de 2015 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Fallo: Que desestimo la demanda de modificación de medidas definitivas establecidas en el procedimiento de divorcio interpuesta por la Procuradora Dª Mª Carmen Maestro Zaldívar en nombre y representación de D. José contra Dª Serafina , imponiendo al demandante las costas derivadas de las presentes actuaciones."

TERCERO

Interpuesto por la Procuradora Sra. Maestro Zaldivar en nombre y representación de D. José , recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia num. Seis de Zaragoza, se dio traslado del mismo a la contraparte, que se opuso al mismo.

Elevadas las actuaciones a la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección Segunda, comparecidas las partes, dictó sentencia con fecha 4 de mayo de 2016 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por D. José contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número Seis de Zaragoza, el 30 de julio de 2015 , debemos confirmar y confirmamos la misma, con imposición a dicho recurrente de las costas causadas en esta alzada."

CUARTO

La Procuradora de los Tribunales Sra. Maestro Zaldivar en nombre y representación de D. José interpuso ante la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección Segunda, recurso de casación, basándolo en el siguiente motivo:

"Al amparo de lo establecido...

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