ATS, 20 de Octubre de 2016

PonenteRAFAEL FERNANDEZ VALVERDE
ECLIES:TS:2016:9633A
Número de Recurso4569/2016
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinte de octubre de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

Por el Procurador D. Arturo Molina Santiago, en representación de D. Camilo , se formuló escrito de demanda contra la resolución del Consejo de Ministros del 12 de febrero de 2016, por la que se inadmite a trámite la revisión de oficio instada por el recurrente en la que se solicitada la revisión de oficio y consiguiente nulidad de la Orden Ministerial de 27 de octubre de 2010, por la que se declaraba la caducidad de la concesión otorgada a D. Francisco para ocupación de terrenos de dominio público marítimo-terrestre.

En el primer otrosí de su escrito de demanda la representación del recurrente solicita el recibimiento a prueba del proceso.

SEGUNDO

Por diligencia de ordenación de fecha 27 de junio de 2016 se tiene por formalizada la demanda por el Procurador D. Arturo Molina Santiago, en representación de D. Camilo , dándose plazo de veinte días al Abogado del Estado para contestarla.

El 13 de septiembre de 2016 presenta escrito el Abogado del Estado formulando la contestación a la demanda, en cuyo suplico solicita a la Sala se deniegue el recibimiento a prueba solicitado.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Fernandez Valverde ,

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- De conformidad con la establecido en el artículo 60.1 de la Ley Jurisdiccional , no resulta procedente el recibimiento del pleito a prueba.

Por todo ello,

LA SALA ACUERDA:

No ha lugar al recibimiento a prueba.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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