ATS, 20 de Octubre de 2016

PonenteANTONIO SALAS CARCELLER
ECLIES:TS:2016:9224A
Número de Recurso483/2015
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinte de Octubre de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

La representación procesal de la entidad Yesonor, S.L. presentó el 26 de enero de 2015 escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada, el día 3 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Palencia (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 160/2014 , dimanante del juicio ordinario n.º 2/2013, del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Palencia.

SEGUNDO

Mediante la diligencia de ordenación de 9 de febrero de 2015, la referida Audiencia Provincial tuvo por interpuestos los recursos y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora D.ª Raquel Nieto Bolaño, en nombre y representación de Yesonor, S.L. como parte recurrente y la procuradora D.ª Valentina López Valero, en nombre y representación de Arch Insurance Company y de D. Jose Pablo , como parte recurrida.

CUARTO

Por providencia de 29 de junio de 2016, se pusieron de manifiesto las posibles causas de inadmisión del recurso. Han realizado alegaciones todas las partes.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Antonio Salas Carceller

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por Yesonor, S.L., no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión

SEGUNDO

De conformidad con los arts. 485 y 474 LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) Admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la entidad Yesonor, S.L. contra la sentencia dictada, el día 3 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Palencia (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 160/2014 , dimanante del juicio ordinario n.º 2/2013, del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Palencia.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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