SAP Granada 474/2016, 20 de Julio de 2016

PonenteJUAN CARLOS CUENCA SANCHEZ
ECLIES:APGR:2016:1454
Número de Recurso1/2016
ProcedimientoPENAL - JURADO
Número de Resolución474/2016
Fecha de Resolución20 de Julio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Granada - Tribunal Jurado

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA.

Sección Segunda .

Rollo de Jurado nº . 1/2016

Causa: Procedimiento de Tribunal de Jurado nº . 1/2015

del Juzgado de Instrucción núm. Uno de Baza (Granada).-.

S E N T E N C I A nº 474 /2016

dictada en nombre de S. M. El Rey por el Tribunal de Jurado integrado en la Audiencia Provincial de Granada, Sección Segunda.

En la ciudad de Granada, a veinte de julio de dos mil dieciséis, el Tribunal de Jurado compuesto por el Ilmo. Sr. Magistrado-Presidente D. Juan Carlos Cuenca Sánchez, y por los Jurados D. Gregorio , Dª. Laura , Dª. Noelia , Dª. Salome , Dª. Marí Jose , D. Leovigildo , Dª. Amparo , D. Octavio y Dª. Celestina , ha visto en juicio oral y público la causa dimanante del Procedimiento de Jurado nº 1/2015, tramitado por el Juzgado de Instrucción número Uno de Baza (Granada), por delito de asesinato, contra el acusado Serafin , con D. N.I. NUM000 , nacido en Cúllar (Granada) el NUM001 de 1.954, hijo de Luis María y Jacinta , con domicilio en Cúllar (Granada), C/ DIRECCION000 núm. NUM002 , viudo, jubilado, sin antecedentes penales, privado de libertad por esta causa con carácter preventivo desde el día 4 de septiembre de 2.014 hasta la fecha presente, representado por el Procurador D. Juan José Tudela Lozano y defendido por el Letrado D. Jesús Huertas Morales. Ejerce la acusación pública el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Fátima Casas Olea. Ejerce la acusación particular Sara , representada por la Procuradora Sra. Guadalupe Martínez Moreno y defendida por el Letrado Sr. Anselmo Martínez García. Ejerce la acusación popular la Junta de Andalucía, defendida por el Ilmo. Sr. D. Antonio Fernández Mayol.

ANTECEDENTES

DE HECHO.

PRIMERO.- En sesiones celebradas con fechas 4 a 7 de julio de 2.016, ha tenido lugar ante el Tribunal de Jurado integrado en la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, la vista en juicio oral y público de la causa antes reseñada, contra el acusado que se indica.

SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal, la acusación particular ejercida por Sara y la acusación popular ejercida por la Junta de Andalucía, en trámite de conclusiones definitivas, han modificado las provisionales y han formulado un escrito común de calificación de los hechos, considerándolos como constitutivos de un delito de asesinato del art. 139.1 -circunstancia de alevosía-, en relación con el art. 138, ambos del Código Penal . Consideran penalmente responsable del citado delito, en concepto de autor del art. 28 del CP , al acusado Serafin , concurriendo la circunstancia agravante de parentesco del art. 23 del Código Penal y la atenuante de confesión del art. 21,4 del Código Penal . Solicitan que sea condenado a la pena de veinte años de prisión , inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, prohibición de aproximación a Sara , hija de la fallecida, así como a su domicilio o cualquier lugar frecuentado por ésta a una distancia no inferior a 200 metros, así como de comunicarse con ella durante veinte años, así como prohibición de residir en Cúllar durante veinte años; al pago de las costas causadas y a que indemnice a Sara con la cantidad de cien mil euros (100.000 €), con aplicación del interés legalmente previsto en el art. 576 de la LEC .

TERCERO.- La defensa del acusado, en igual trámite, con modificación de su escrito de acusación provisional, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito de homicidio previsto y penado en el art. 138 del Código Penal . Considera penalmente responsable del mismo al acusado Serafin . Considera concurrentes las circunstancias modificativas agravante de parentesco del art. 23 del Código Penal y las atenuantes de la responsabilidad penal de confesión del art. 21,4 del Código Penal ; la atenuante muy cualificada del art. 21,1 en relación con el art. 20,2 del Código Penal (alcoholismo), o en su defecto como atenuante muy cualificada del art. 21,2 del Código Penal ; la eximente incompleta de trastorno mental transitorio del art. 21,1 en relación con el art. 20,1; y la atenuante de reparación del daño del art. 21,5 del Código Penal . Solicita sea condenado a la pena de cinco años de prisión. Solicita que el acusado indemnice a Sara la víctima con la cantidad de 30.000 euros.

SEPTIMO.- Concluido el juicio oral, tras los informes de las partes y oído el acusado, el Magistrado-Presidente que suscribe dio traslado a los miembros del jurado las instrucciones legales pertinentes y el escrito conteniendo el objeto del veredicto, sin objeción de las partes, del siguiente contenido:

SOBRE HECHOS

PRIMERO .- ¿Considera probado el Jurado que sobre las 21:30 horas del día 4 de septiembre de 2014, encontrándose el acusado Serafin , mayor de edad, sin antecedentes penales, y su esposa Clara en el domicilio en que convivían, vivienda tipo casa-cueva sita en la DIRECCION000 número NUM002 de la localidad de Cúllar (Granada) comenzaron a discutir y que Clara , en un momento de la discusión, salió al exterior de la vivienda quedando dentro el acusado, quien cerró la puerta desde su interior?

( HECHO DESFAVORABLE al acusado).

SEGUNDO .- ¿Considera probado el Jurado que el acusado tomó una escopeta de dos cañones marca Terrible PV modelo PR número de serie NUM005 , abrió la puerta principal de la vivienda y salió al exterior con la escopeta cargada y preparada para ser disparada de forma inmediata, para a continuación, situado aproximadamente a unos cinco metros de distancia del lugar donde aquella se encontraba, apuntar a Clara y efectuar, con el propósito de acabar con la vida de su mujer, un solo disparo que impactó en el abdomen derecho y región submamaria derecha de Clara , que ocasionó su fallecimiento de manera casi instantánea, siendo la causa inmediata de su muerte un shock hipovolémico producido por la hemorragia.?

( HECHO DESFAVORABLE al acusado).

TERCERO .-¿Considera probado el Jurado que tal disparo se efectuó por el acusado de forma sorpresiva y sin que Clara tuviera posibilidad alguna para reaccionar debido a lo inesperado y repentino de la acción ?

( HECHO DESFAVORABLE al acusado).

SOBRE LAS CIRCUNSTANCIAS

De agravación

CUARTO.- ¿Considera probado el Jurado que el acusado estaba casado con Clara desde hacía veintidós años antes de ocurrir los hechos?.

( HECHO DESFAVORABLE al acusado).

De atenuación

QUINTO.- ¿Considera probado el Jurado que cuando agentes de la Guardia Civil llegaron al lugar de los hechos el acusado, balbuceando, de forma espontánea, manifestó al agente con TIP NUM003 que había disparado a su esposa porque le estaba haciendo la vida imposible y que estaba arrepentido por lo que había hecho?.

( HECHO FAVORABLE al acusado).

SEXTO .- ¿Considera probado el Jurado que el acusado recientemente y a través de su representación procesal ha hecho un ofrecimiento de bienes de su propiedad para cubrir la cantidad a la que asciende la responsabilidad civil?

( HECHO FAVORABLE al acusado).

SÉPTIMO .- ¿Considera probado el Jurado que el acusado cometió el hecho relatado en el apartado segundo porque su esposa Clara dijo o hizo algo que provocó en Serafin un estrechamiento y oscurecimiento del campo de la conciencia que le afectó de manera notable a su comprensión y voluntad ?

( HECHO FAVORABLE al acusado).

OCTAVO .- ¿Considera probado el Jurado que el acusado, en la época en que acaecieron los hechos del apartado segundo , presentaba serios y graves problemas de alcoholismo que le producían una importante disminución de sus facultades intelectivas y volitivas?

( HECHO FAVORABLE al acusado).

NOVENO .- ¿considera probado el Jurado que el acusado, el día en que sucedieron los hechos del apartado segundo, tanto en la mañana como en la tarde, realizó una ingesta de alcohol que, junto con su consumo habitual y diario, coadyuvó en una importante disminución de sus facultades intelectivas y volitivas?

( HECHO FAVORABLE al acusado).

SOBRE LA CULPABILIDAD

El veredicto sobre culpabilidad, igualmente, precisa siete votos a favor de la declaración de culpabilidad , y cinco votos a favor de la declaración de no culpabilidad

PRIMERO .- ¿Considera el Jurado al acusado Serafin , culpable de haber dado muerte voluntariamente a su esposa Clara ?.-

SEGUNDO .- ¿Considera el Jurado al acusado Serafin culpable de haber dado muerte voluntariamente a su esposa Clara , forma sorpresiva y sin que Clara tuviera posibilidad alguna para reaccionar debido a lo inesperado y repentino de la acción ?.

(Solo para el caso de considerar al acusado culpable del apartado primero "sobre la culpabilidad").

TERCERO.- . En caso de ser considerado culpable el acusado de los hechos y ser condenado, ¿considera el Jurado que deben serle concedidos los beneficios de suspensión de la ejecución de la pena, en caso de concurrir los requisitos legales?.

CUARTO .- En el caso de ser condenado el acusado, ¿considera el Jurado que debe ser propuesto al Gobierno de la Nación el indulto total o parcial de la pena que le sea impuesta?.

Granada a siete de julio de dos mil dieciséis.

SEXTO.- Tras la oportuna deliberación a puerta cerrada, a las 22.10 horas del día 7 de julio de 2.016, por unanimidad, el Jurado emitió veredicto de culpabilidad del acusado por el cargo de asesinato con alevosía, sobre la base de los hechos que ahora se indicarán; y seguidamente tras la lectura del veredicto por el Sr. Portavoz del Jurado, se acordó el cese del Jurado en sus funciones. Dada audiencia a las partes a los efectos de lo establecido en el art. 68 de La LOTJ , las partes acusadoras ratificaron las peticiones de condena contenidas en sus conclusiones definitivas, así como la solicitud en materia de responsabilidad civil. La defensa del acusado, en el mismo trámite, solicitó la imposición de la pena de diez años de prisión y fijó el importe de la responsabilidad civil en la suma de 30.000 euros.

SEPTIMO.-En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.

HECHOS

PROBADOS

Son hechos...

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