SAP Tarragona 250/2016, 31 de Mayo de 2016

PonenteMANUEL HORACIO GARCIA RODRIGUEZ
ECLIES:APT:2016:787
Número de Recurso638/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución250/2016
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

TARRAGONA

SECCION PRIMERA

ROLLO NUM. 638/2015

ORDINARIO NUM. 2031/2012

REUS NUM. UNO

S E N T E N C I A NUM. 250/16

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. Antonio Carril Pan

MAGISTRADOS

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

D. Manuel Horacio García Rodríguez

Tarragona, 31 de mayo 2016.

La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Tarragona, formada por los Magistrados del margen, ha visto el recurso de apelación nº 638/2015, interpuesto contra la sentencia dictada el 19 junio 2015, en el Procedimiento Ordinario nº 2031/2012, tramitado por el Juzgado Primera Instancia nº 1 de Reus, a instancia de D. Juan Pablo, como demandante-apelado, y LA UNION ALCOYANA, como demandada-apelante, y previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes fundamentos de derecho, establece en su fallo lo siguiente: "Que estimo parcialmente la demanda formulada por la representación de D. Juan Pablo contra la compañía de seguros La Unión Alcoyana, condenando a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 2.220 euros, con los intereses del artículo 20 LCS . Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en que los fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el/la Ilmo/a Sr. /a Magistrado/a Ponente D. Manuel Horacio García Rodríguez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Resumen de Antecedentes. Tras sufrir daños por una colisión en su Tracto-Camión el día 4 agosto de 2009, D. Juan Pablo al amparo del art. 76 LCS reclama el lucro cesante derivado del tiempo que tuvo que permanecer inmovilizado en el taller para su reparación de LA UNION ALCOYANA aseguradora del Camión-Caja y Remolque que le había impactado.

Contestó la demandada admitiendo únicamente los daños en la parte trasera y rechazando que el tiempo para su reparación alcance los 10 días fijados por el actor (del 20 al 30 de abril 2010), así como la suma a indemnizar que no contempla los gastos variables.

La sentencia de primer grado estima parcialmente la demanda. Únicamente considera probado el daño en la parte trasera del camión y, por tanto, el lucro cesante reclamado por los diez días de paralización que reduce en un 40% por los costes variables no tenidos en cuenta, e impone el pago de los intereses del art.

20 LCS .

No se conforma con esta decisión la aseguradora demandada que formula el presente recurso, al que se opone el actor.

SEGUNDO

Los motivos de oposición a la sentencia.

La apelación se alza frente a los 10 días reconocidos de inmovilización en el taller de reparación que considera deben reducirse a 5 días y el pago de intereses moratorios puesto que de la documentación aportada resultaba imposible determinar el alcance de su obligación,...

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