SAP Madrid 423/2016, 11 de Julio de 2016
Ponente | EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA |
ECLI | ES:APM:2016:10548 |
Número de Recurso | 1056/2016 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 423/2016 |
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª |
Sección nº 03 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 5 - 28035
Teléfono: 914934543,914934731
Fax: 914934542
Grupo de Trabajo: MSC
37051540
N.I.G.: 28.079.00.1-2016/0147701
251658240
Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 1056/2016
Origen :Juzgado de lo Penal nº 04 de Getafe
Procedimiento Abreviado 227/2013
SENTENCIA NUM: 423/2016
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA
D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS
D. EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA
D. AGUSTIN MORALES PEREZ ROLDAN
---------------------------------------------- En Madrid, a 11 de julio de 2016.
VISTO por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en grado de apelación, el Juicio Oral nº 227/13 procedente del Juzgado Penal nº 4 de Getafe y seguido por delito de quebrantamiento de condena contra Domingo, siendo partes en esta alzada como apelante dicho acusado, y como apelado el Ministerio Fiscal, y Ponente el Magistrado D. EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA.
Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 22 de diciembre de 2015,
cuyo FALLO decretó: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Domingo como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena penado en el art. 468.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de CATORCE MESES DE MULTA con una cuota diaria de SEIS EUROS, lo que hace un total de DOS MIL QUINIENTOS VEINTE EUROS (2.520 €) con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 del C. Penal en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas.
Se IMPONE al penado las costas procesales devengadas durante el procedimiento".
Notificada la referida sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Domingo, que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días al Ministerio Fiscal, que solicitó la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución recurrida.
Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial el día 7 de julio de 2016, se formó el Rollo de Sala nº 1056/16 y dado el trámite legal, se señaló para la deliberación, votación y fallo en Sala el recurso el día de hoy.
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HECHOS PROBADOS
Se aceptan de manera expresa los de la sentencia apelada.
El recurrente expresa su discrepancia con la sentencia recaída en esta causa, sosteniendo
que su condena supone una infracción del principio de presunción de inocencia y del principio in dubio pro reo.
La aludida presunción de inocencia exige, para ser desvirtuada, la existencia de una mínima y suficiente actividad probatoria, producida con las debidas garantías procesales, es decir, con estricto respeto a los derechos fundamentales, que resulte racionalmente de cargo y de la que se pueda deducir la culpabilidad del acusado, todo ello en relación con la infracción de que se trate, los elementos específicos que la configuran y su autoría o participación (Sentencias del Tribunal Constitucional, entre las más recientes, 26/10 de 27 de abril, 52/10 de 4 de octubre, 68 y 70/10 de 18 de octubre, 12/11 de 28 de febrero, 25/11 de 14 de marzo, 111/11 de 4...
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