SAP A Coruña 358/2016, 23 de Mayo de 2016

PonenteMARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO
ECLIES:APC:2016:1552
Número de Recurso1515/2015
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución358/2016
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00358/2016

RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Teléfono: 981 18 20 74/75/36

213100

N.I.G.: 15036 43 2 2011 0000102

APELACION PROCTO. ABREVIADO 0001515 /2015 -Pg

Órgano de procedencia: Juzgado de lo Penal nº 2 de Ferrol

Procedimiento de origen: Juicio Oral nº 116/15

Delito/falta: CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIAS BEB.ALCOHÓLICAS/DROGAS

Recurrente: MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILÍSTICA

Procurador/a: D/Dª JOSÉ MANUEL LADO FERNÁNDEZ

Abogado/a: D/Dª RAFAEL DIAZ CARRO

Recurridos: MINISTERIO FISCAL, Oscar, Prudencio, Agueda

Procurador/a: D/Dª, IRENE MONTERO VEIGA, IRENE MONTERO VEIGA, RAFAEL RODRIGUEZ RAMOS

Abogado/a: D/Dª, JULIO BARROS CASAL, JULIO BARROS CASAL, MARTINA ANEIROS BARROS

ILTMO/A. SR/A. PRESIDENTE/A

DON LUIS BARRIENTOS MONGE

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

DON SALVADOR PEDRO SANZ CREGO

DOÑA MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO

En A Coruña, a veintitrés de mayo de dos mil dieciséis.

LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los

Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado

En nombre de S.M. el Rey

la siguiente

SENTENCIA En el recurso de apelación penal Nº 1515/15 interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 2 de Ferrol, en el Juicio Oral nº 116/15 seguido por delito contra la seguridad vial y dos delitos de lesiones imprudentes, figurando como apelante la responsable civil directa MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA representado por procurador Sr. Lado Fernández y defendido por Letrado Sr. Díaz Carro, y como apelados el acusado Oscar y el responsable civil subsidiario Prudencio representados, ambos, por procuradora Sra. Montero Veiga y defendido por Letrado Sr. Rodríguez Ramos, y apelado MINISTERIO FISCAL; siendo Ponente del presente recurso el/la Ilmo/a. Sr./a DOÑA MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Penal Nº 2 de Ferrol con fecha 27-10-15 dictó sentencia, cuya Parte Dispositiva dice como sigue: " FALLO: Que debo condenar y condeno a Oscar, por conformidad de las partes, como autor penalmente responsable de autor de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas previsto y penado en el artículo 379.2 del Código Penal y de dos delitos de lesiones imprudentes previstos y penados en los artículos 152.1.1º del Código Penal

, en relación de concurso ideal, con la concurrencia de las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal agravante de reincidencia del artículo 22.8 del Código Penal en el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada, del artículo 21.6º, a la pena de 12 meses multa a razón diaria de siete euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de la multa y, privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de 2 años y 6 meses, que conlleva la pérdida de vigencia de la licencia. En concepto de responsabilidad civil, Oscar, indemnizará, directa y solidariamente con la compañía aseguradora Mutua Madrileña Automovilista, a Agueda en la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN EUROS, siendo responsable civil subsidiario de dicha cantidad, Prudencio ; la referida cantidad se incrementará con los intereses legales del artículo 576 LEC para que el acusado y responsable civil subsidiario desde la fecha de la sentencia y los del artículo 1.1108 del Código Civil hasta la sentencia, con aplicación de los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguros a la entidad Mutua Madrileña Automovilista. Todo ello con imposición de costas al acusado. ".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la Mutua Madrileña Automovilista, que fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 11-11-15 dictado por el instructor, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.

TERCERO

Por Diligencia de Ordenación de fecha 02-12-15, se acordó elevar todo lo actuado a la Oficia de Reparto de Audiencia Provincial; siendo turnado el mismo a esta Sección para resolver el recurso; recibidas que fueron las actuaciones, se...

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