SAP Madrid 282/2016, 24 de Junio de 2016
Ponente | JOSE LUIS ZARCO OLIVO |
ECLI | ES:APM:2016:9262 |
Número de Recurso | 728/2015 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIÓN |
Número de Resolución | 282/2016 |
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Decimotercera
C/ Ferraz, 41, Planta 3 - 28008
Tfno.: 914933911
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2015/0252050
Recurso de Apelación 728/2015
O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 06 de Majadahonda
Autos de Procedimiento Ordinario 108/2012
APELANTE:: D. /Dña. Raimundo
PROCURADOR D. /Dña. FERNANDO RUIZ DE VELASCO MARTINEZ DE ERCILLA
APELADO:: KAITT EXCELLENCE SL
PROCURADOR D. /Dña. MARIA DEL PILAR POVEDA GUERRA
SENTENCIA Nº 282/2016
TRIBUNAL QUE LO DICTA :
ILMO. SR. PRESIDENTE
D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
D. CARLOS CEZON GONZÁLEZ
D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
Siendo Magistrado Ponente D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
En Madrid, a veinticuatro de junio de dos mil dieciséis. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Majadahonda, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado KAITT EXCELLENCE, S.L., representado por la Procuradora Dª. María del Pilar Póveda Guerra y asistido de la Letrada Dª. María Victoria Martín de Lara, y de otra, como demandado-apelante D, Raimundo, representado por el Procurador D. Fernando Ruiz de Velasco Martínez de Ercilla y asistido del Letrado D. Javier Tebas Medrano.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6, de Majadahonda, en fecha dos de octubre de dos mil catorce, se dictó Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por KAITT EXCELLENCE SL, representada por la Procuradora SRA. POVEDA contra Raimundo, representado por el procurador SR CUADRADO, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la parte demandada al pago de la suma de 15000 euros, con los intereses del artículo 576 de la LEC
No se hace especial pronunciamiento en cuanto a las costas del procedimiento".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha trece de noviembre de dos mil quince, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día veintidós de junio de dos mil dieciséis .
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los que siguen.
Por don Raimundo, se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 2 de octubre de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Majadahonda, que estimó parcialmente la demanda presentada por KAITT EXCELLENCE, S.L contra aquél, frente al que interesaba que fuese condenado al pago de la cantidad principal de 60.000 €, más los intereses correspondientes, basando su pretensión en el incumplimiento por el demandado del contrato de prestación de servicios firmado el 17 de noviembre de 2010 por el que el demandado se comprometía a participar en el máster de pádel a celebrar en Madrid en el año 2011 utilizando de manera exclusiva la marca de la actora, siendo rescindido unilateralmente el contrato por el demandado mediante fax de fecha 15 de diciembre de 2011. Alega la parte apelante, en síntesis, error en la valoración de la prueba en cuanto a la existencia del contrato; e impugna la cuantía de la condena. Frente a tales alegaciones la contraparte se opuso al anterior recurso y solicitó la confirmación de la sentencia...
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