SAP Barcelona 370/2016, 20 de Junio de 2016

PonenteMIREIA RIOS ENRICH
ECLIES:APB:2016:6901
Número de Recurso807/2015
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución370/2016
Fecha de Resolución20 de Junio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN CUARTA

ROLLO Nº 807/2015-I

Procedencia: Juicio Ordinario nº 1400/2013 del Juzgado Primera Instancia 22 Barcelona

S E N T E N C I A Nº 370/2016

Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as:

D. VICENTE CONCA PÉREZ

D. JORDI LLUÍS FORGAS i FOLCH

Dª. MIREIA RÍOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a veinte de junio de dos mil dieciséis.

VISTOS en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, los presentes autos de juicio ordinario en reclamación de cantidad nº 1400/2013, seguidos ante el Juzgado Primera Instancia 22 Barcelona, a instancia de D/Dª. Fidela, contra D/Dª. Sandra y D. Isaac, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mencionados autos el día 4 de junio de 2015.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

FALLO

DECIDO: ESTIMAR totalmente la demanda formulada por la representación procesal de Doña Fidela CONTRA Don Isaac y Doña Sandra (en representación del menor Secundino ) Y CONDENO A LOS DEMANDADOS A SATISFACER A LA ACTORA, CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE, LA SUMA DE 6.912'36 euros, más el interés legal de dicha cantidad desde el día 14.03.12 hasta hoy, devengando el total el interés legal elevado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia hasta el completo pago a la actora.

Se imponen las costas procesales a los demandados por su manifiesta temeridad en la oposición y sin sujeción al límite del tercio del 394.3º LEC.

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, del que se dio traslado a la contraria, que se opuso al mismo. Seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 7 de junio de 2016.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MIREIA RÍOS ENRICH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

DOÑA Fidela presenta demanda de juicio ordinario contra DON Isaac y DOÑA Sandra en reclamación de la cantidad de 6.912,36 euros.

Expone que, el día 19 de febrero de 2013, conducía su motocicleta por la calle Moianés de BARCELONA, cuando sufrió una caída al intentar esquivar a un peatón que subido a un monopatín se adentró en la calzada procedente de la acera, interceptando su trayectoria de circulación, sin atender el semáforo que le afectaba que se hallaba en rojo, ni a los vehículos que circulaban; como consecuencia del accidente, DOÑA Fidela sufrió lesiones que tardaron en curar 38 días impeditivos, más 54 días no impeditivos y le dejaron una secuela de tobillo doloroso que se valora en tres puntos; hay que añadir un 10% sobre la secuela por perjuicio económico al hallarse la demandante en edad laboral; se reclaman gastos de locomoción y de ortopedia por la compra de una ortesis inmovilizadora.

Por lo expuesto, solicita se dicte sentencia por la que se condene a los demandados a indemnizar a DOÑA Fidela en la cantidad de 6.912,36 euros, más los intereses y las costas del presente procedimiento.

DON Isaac y DOÑA Sandra se oponen a la demanda presentada.

La sentencia de primera instancia estima la demanda deducida por DOÑA Fidela contra DON Isaac y DOÑA Sandra, condena a los demandados a satisfacer a la actora, conjunta y solidariamente, la suma de

6.912,36 euros, más el interés legal de dicha cantidad desde el día 14 de marzo de 2012 hasta el día 4 de junio de 2015, devengando el total el interés legal elevado en dos puntos desde la fecha de la sentencia de primera instancia hasta el completo pago a la actora, imponiendo a la parte demandada las costas del procedimiento.

Frente a dicha resolución, la representación procesal de DON Isaac y DOÑA Sandra interpone recurso de apelación en el que alega, en síntesis: 1) infracción de normas o garantías procesales, vulneración de derechos fundamentales, derecho a la tutela judicial efectiva e indefensión; 2) que la sentencia de primera instancia incurre en error en la valoración de la prueba.

En base a lo anterior, solicita se dicte sentencia por la que se proceda a la revocación de la sentencia dictada, dictando nueva resolución por la que se desestime íntegramente la demanda interpuesta, con imposición de costas.

La parte demandante impugna el recurso y solicita la confirmación íntegra de la resolución recurrida, con imposición de costas a la parte apelante.

SEGUNDO

Como primer motivo de recurso, la parte apelante alega que la sentencia de primera instancia incurre en infracción de normas o garantías procesales, vulneración de derechos fundamentales, derecho a la tutela judicial efectiva e indefensión, fundada en la inadmisión de pruebas consistentes en fotografías aportadas como documentos dos a...

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