SAP Pontevedra 372/2016, 20 de Julio de 2016

PonenteVICTORIA EUGENIA FARIÑA CONDE
ECLIES:APPO:2016:1502
Número de Recurso15/2016
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución372/2016
Fecha de Resolución20 de Julio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00372/2016

- C/ LALIN Nº 4-1º VIGO

Teléfono: 986 817162-63

787530

N.I.G.: 36057 43 2 2015 0008100

PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000015 /2016

Delito/falta: TRÁFICO DE DROGAS GRAVE DAÑO A LA SALUD

Denunciante/querellante:

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Contra: Esteban Edemiro, Pedro Laureano

Procurador/a: D/Dª MARTA SUAREZ HERMO, JORGE SUAREZ GARAYO

Abogado/a: D/Dª CESAR LOPEZ-GIL OTERO, PAULA ALVAREZ SILVA

SENTENCIA

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ILMOS/AS SR./SRAS

Presidente/a:

VICTORIA FARIÑA CONDE

Magistrados/as

JOSE RAMON SANCHEZ HERRERO

BELEN FERNANDEZ LAGO

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En VIGO, a veinte de Julio de dos mil dieciséis.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 005 de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 0000015 /2016, procedente del Juzgado de Instrucción nº1 de Vigo, Diligencias Previas Procedimiento Abreviado 1169/2015. seguida por el trámite de PROCEDIMIENTO ABREVIADO por el delito de TRÁFICO DE DROGAS GRAVE DAÑO A LA SALUD, contra Esteban Edemiro, con DNI 36067649, representado por la Procuradora DÑA. MARTA SUAREZ HERMO y defendido por el Abogado D. CESAR LOPEZ-GIL LORENZO y contra Pedro Laureano con DNI NUM000, representado por el Procurador D. JORGE SUAREZ GARAYO y defendido por la Abogada Dña. PAULA ALVAREZ SILVA.

Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal.

Y como ponente la Magistrada Dª VICTORIA FARIÑA CONDE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las presentes actuaciones se instruyeron por un presunto delito de TRAFICO DE DROGAS Y CONDUCCIÓN TEMERARIA y practicadas las oportunas diligencias se convocó a las partes a juicio oral, que se celebró en el día de su fecha, y a cuyo acto comparecieron quienes se relacionan en el acta levantada al efecto.

HECHOS PROBADOS

Desde al menos finales de 2014, Esteban Edemiro, mayor de edad y condenado, entre otras, en sentencia de 16 de febrero de 2007, a las penas de tres años de prisión por delito de tráfico de drogas y cuatro años de prisión por delito de robo con violencia, se dedicaba a la venta de drogas, fundamentalmente cocaína, a los compradores que acudían a adquirirla a las inmediaciones del domicilio sito en la C/ DIRECCION000

, NUM001, Priegue Nigrán (Pontevedra) en el que Esteban Edemiro residió al menos durante el mes de diciembre de 2014, y a las inmediaciones del domicilio sito en la C/ DIRECCION001, NUM002, también en Nigrán, donde Esteban Edemiro residió desde el 7 de Enero de 2015. Dicha droga se la suministraba, al menos en parte, Pedro Laureano, mayor de edad, y condenado en sentencia de 12 de Marzo de 2013 a las penas de treinta y dos días de y trabajos en beneficio de la comunidad, y ocho meses y un día de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, por delito contra la seguridad vial.

Concretamente en la tarde del 11 de diciembre de 2014, acudieron al domicilio sito en la C/ DIRECCION000, NUM001 NUM003, Obdulio Octavio y Aida Gabriela, a bordo del Renault Megane, matrícula NUM004, conducido por el primero de ellos, y al llegar a las inmediaciones, salió de la vivienda Esteban Edemiro, que se introdujo en el vehículo, en el que se fueron hasta el final de la calle, regresando seguidamente y parando junto a la vivienda, momento en que Aida Gabriela entrega a Esteban Edemiro dinero, al menos un billete de 50 euros, a cambio de, al menos, dos papelinas, una conteniendo 0,655 gr de heroína, con una riqueza del 47,65%, adulterada con paracetamol, cafeína y piracetam, cuyo precio es de 25,84 euros, que Aida Gabriela guardó en su riñonera y que fueron intervenidas posteriormente por agentes de la Guardia Civil, que habían observado el intercambio.

En la tarde del 16 de diciembre de 2014, Clara Ascension, llegó a bordo del vehículo Renault Clío, matrícula NUM005 y entró al domicilio indicado, donde adquirió, a cambio de una cantidad desconocida de dinero, una bolsita conteniendo 0,405 gr de cocaína, con una riqueza del 39,39%, adulterada con levamisol y procaína, cuyo precio es de 24,06 euros, que Clara Ascension guardó en una cartera y que fue intervenida posteriormente por agentes de la Guardia Civil, que habían observado su entrada y salida del domicilio en cuestión.

El 10 de Marzo de 2015, Claudia Gabriela se desplazó en el vehículo de su conocida, Paulina Reyes, desde su domicilio en Bueu hasta Nigrán portando 500 euros para adquirir 10 gr de cocaína para sí y su pareja, dado que Paulina Reyes le había dicho que conocía a un chico en Nigrán, Esteban Edemiro, que la vendía. Al llegar a Nigrán, ambas fueron al domicilio sito en la C/ DIRECCION001, NUM002, donde Esteban Edemiro residía desde el 7 de enero anterior, donde entraron, sobre las 18 horas, contactando con Esteban Edemiro a quien Claudia Gabriela entregó los 500 euros, en billetes agrupados de 100 en 100 euros. Seguidamente Esteban Edemiro llamó a Pedro Laureano, diciendo a Paulina Reyes y a Claudia Gabriela que esperasen en la casa, que el vendedor llegaría en una hora, más o menos.

Poco antes de la 19 horas, llegó a las inmediaciones del domicilio en cuestión el vehículo Volkswagen Golf, matrícula NUM006, conducido por Maximiliano Norberto, a quien acompañaba Alvaro Gaspar, quien se apeó del coche, y tras hacer una llamada telefónica, volvió al coche, al que se acercó Esteban Edemiro, quien salió de la vivienda, y entregó a Alvaro Gaspar, a cambio de una cantidad indeterminada de dinero, una bolsita conteniendo 0,349 gr de cocaína, con una riqueza del 69,45%, adulterada con levamisol, cuyo precio es de 20,13 euros, y otra con tres cogollos de cannabis, con un peso de 0,328 gr cuyo precio es de 1,83 euros que Alvaro Gaspar se guardó en el pantalón y que fue intervenida posteriormente por agentes de la Guardia Civil, que habían observado el intercambio. Sobre las 19:12 horas de ese dia, Esteban Edemiro salió nuevamente del domicilio, esperando en el interior del mismo Paulina Reyes y Claudia Gabriela, y se fue andando hasta el cruce con la C/ Lagoiña, donde se detuvo esperando hasta que llegó al lugar Pedro Laureano, con quien había quedado previamente, conduciendo su furgoneta Renault Traffic, matrícula NUM007, subiendo Esteban Edemiro a dicha furgoneta que arrancó de nuevo.

La furgoneta circuló hasta la rotonda de dicha calle, mientras Esteban Edemiro entregaba a Pedro Laureano 460 euros de los 500 euros que Claudia Gabriela le había dado previamente para adquirir la droga y que Pedro Laureano fue contando mientras conducía, pasando los billetes de una a otra mano por encima del volante, mientras Esteban Edemiro manipulaba las bolsas que le entregaba Pedro Laureano . Varios agentes de la Guardia Civil vigilaban lo sucedido por lo que iniciaron el seguimiento de la furgoneta. Cuando Pedro Laureano se percató de la presencia policial salió huyendo.

Mientras los agentes perseguían a la furgoneta, Esteban Edemiro sacó por la ventanilla la bolsa que Pedro Laureano le había entregado con la cocaína para Claudia Gabriela, y fue arrojando su contenido, en un trayecto de unos 500 metros, hasta que el vehículo policial pudo adelantar a la furgoneta en un tramo de la via más ancho, y consiguió cruzar el mismo frente a la furgoneta que finalmente se detuvo, momento en que fueron detenidos Pedro Laureano y Esteban Edemiro .

En el momento de la detención se ocuparon a Pedro Laureano los 460 euros que le acababa de entregar Esteban Edemiro, agrupados en billetes de 100 en 100 euros, que guardaba en un bolsillo del pantalón.

A Esteban Edemiro se le ocuparon los siguientes efectos:

- En las manos una bolsa cerrada con polvo blanco, si bien, una vez analizado, resultó ser ibuprofeno y otra más grande abierta con restos de cocaína.

- En su cartera, un papel con anotaciones de nombres y cifras manuscritas y 245 euros formando dos grupos de 100 euros cada uno - uno de ellos con cinco billetes de 20 euros, uno de ellos doblado sujetando los otros cuatro y el otro con dos billetes de 50 euros, uno de ellos doblado sujetando el otro y los 45 euros restantes en un billete de 20 euros, dos de 10 euros y uno de 5 euros.

- - Un teléfono móvil Samsung

En la furgoneta se ocuparon los siguientes efectos:

- Una balanza de precisión con restos de cocaína bajo el asiento del copiloto

- La cartera de Pedro Laureano, conteniendo 210 euros, en un billete de 10 euros, dos de 50 euros y los 100 euros restantes agrupados con un billete de 10 euros doblado, sujetando dos de 20 euros y uno de 50 euros.

- Tres teléfonos móviles, marca iPhone, sony y Vodafone, pertenecientes a Pedro Laureano .

- En un compartimento oculto bajo la carcasa del volante, dos bolsitas, una blanca y otra roja, conteniendo un total de 1,343 gr de cocaína, con una riqueza del 67,92% adulterada con levamisol y cuyo precio es de 77,46 euros.

- En el lado del copiloto, en el lado de la puerta en la parte trasera, numerosos restos de cocaína, varios trozos en piedras, con un peso total de 1,921 gr con una riqueza del 34,47% y cuyo precio es de 110,80 euros, que fueron recogidos por los agentes en una bolsa.

Por la carretera, en el trayecto en que Esteban Edemiro había arrojado por la ventanilla el contenido de la bolsa incautada, los agentes también recogieron restos de piedras de cocaína, con un peso total de 0,601 gr con una riqueza del 26,03% y cuyo precio es de 34,66 euros, que igualmente guardaron en otra bolsa.

Esteban Edemiro era consumidor de cocaína y heroína desde el año 1987, lo que disminuye levemente sus facultades volitivas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de tráfico de drogas de sustancias que causan grave daño a la salud, previsto y penado en el art. 368.1 del C.P ., pues concurren todos los elementos que lo tipifican (actos ilícitos de venta de droga a...

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