SAP A Coruña 457/2016, 12 de Julio de 2016

PonenteLUIS BARRIENTOS MONGE
ECLIES:APC:2016:1972
Número de Recurso692/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución457/2016
Fecha de Resolución12 de Julio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00457/2016

RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Teléfono: 981 18 20 74/75/36

213100

N.I.G.: 15030 43 2 2012 0010329

APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000692 /2016 T

JUZGADOP DE LO PENAL Nº 1 DE A CORUÑA

PA Nº 57/2015

Delito/falta: LESIONES

RECURRENTE: Dolores

Procurador/a: D/Dª MARIA MONTSERRAT LOPEZ RODRIGUEZ

Abogado/a: D/Dª MARTA RUIZ ALARCON

RECURRIDOS: MINISTERIO FISCAL, Marcos

Procurador/a: D/Dª, MARIA DOLORES NEIRA LOPEZ

Abogado/a: D/Dª, ALMUDENA RUBAL MASEDA

ILTMO. SR. PRESIDENTE

DON LUIS BARRIENTOS MONGE

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

DON SALVADOR P. SANZ CREGO

DOÑA MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO

En A Coruña, a doce de julio de dos mil dieciséis.

LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado

En nombre de S.M. el Rey La siguiente SENTENCIA En el recurso de apelación penal Nº 692/2016, interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 1 de los de A Coruña, en el Juicio Oral Núm.: 57/2015, seguidas de oficio por un delito de lesiones, figurando como apelante a Dolores, representada y defendida por los profesionales arriba referenciados, y como apelados: Marcos, representado y defendido por los profesionales ya mencionados, y el MINISTERIO FISCAL; siendo Ponente del presente recurso el Ilmo. Sr. LUIS BARRIENTOS MONGE .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Nº 1 de los de A Coruña con fecha 05-11-2015, dictó Sentencia y cuya Parte Dispositiva dice como siguiente " FALLO: Que debo condeno a Dolores como autora de un delito de lesiones del art. 147.1 del C. Penal, a la pena de tres meses de prisión, con la accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a indemnizar a Salvadora, por las heridas sufridas en la suma de 640,64 euros.

Y asimismo deberá indemnizar al "Sergas" en el importe de la factura de los gastos ocasionados por la atención facultativa prestada a Salvadora, por estos hechos, a acreditar en ejecución de sentencia.

Con aplicación a estas cantidades del art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Además, se condena a la acusada Dolores al pago de la tercera parte de las costas.

Y debo ABSOLVER a Marcos de los delitos de lesiones de los artículos 148 y 147 del C. Penal de que era acusado, con declaración de las dos terceras partes de las costas de oficio".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Dolores, que fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 13-04-2016, dictado por el instructor, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.

TERCERO

Por Diligencia de Ordenación de fecha 27-05-2016, se acordó elevar todo lo actuado a la Oficina de Reparto de Audiencia Provincial; siendo turnado el mismo a esta Sección para resolver el recurso; recibidas que fueron las actuaciones, se acordó pasar las mismas al Ilmo. Magistrado Ponente.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS

Se acepta en lo sustancial el relato fáctico de la sentencia de instancia, que aquí se da por reproducido, en aras de la...

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