SAP Barcelona 575/2016, 11 de Julio de 2016
Ponente | ANDRES SALCEDO VELASCO |
ECLI | ES:APB:2016:7232 |
Número de Recurso | 87/2016 |
Procedimiento | APELACIóN PENALES RáPIDOS |
Número de Resolución | 575/2016 |
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 9ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN NOVENA
ROLLO APELACION NÚM. 87-2016
PROCEDIMIENTO JUICIO RAPIDO 90-2016
JUZGADO DE LO PENAL NÚM. 25 BARCELONA
SENTENCIA Nº.
Ilmos. Sres.
D. ANDRES SALCEDO VELASCO
D. JOSE MARIA TORRAS COLL
Dª INMACULADA VACAS MARQUEZ
Barcelona, a 11 JULIO 2016
VISTO, en grado de apelación, ante la SECCION NOVENA de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación núm. 87-2016, dimanante del PROCEDIMIENTO 90-2016 JUZGADO DE LO PENAL NÚM.25 DE BARCELONA originado en seguido por un delito CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, contra Enrique en virtud del recurso de Apelación presentado la defensa al que se opone su defensa y representación contra la sentencia dictada en los mismos Sentencia de 1.4.2016 que le condenaba.
El Fallo de la Sentencia apelada condena al apelante por la acusación contra él formulada por el Ministerio Fiscal como autor de un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción de un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de del art 384. 2 CP in fine por no haber obtenido nunca permiso o licencia del CP. Con la agravante de reincidència específica a la pena de seis meses de prisión accesorias y costas
Se interpuso por la defensa recurso de apelación admitido a trámite constando escrito de impugnación del Fiscal.
Recibido en la Sala se ha señalado para deliberación y fallo sin vista al no haberse solicitado ni estimarla necesaria el Tribunal con cambio de ponente al cesar el anterior en la Sala.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANDRES SALCEDO VELASCO quien expresa el parecer unánime del Tribunal
HECHOS PROBADOS
Se admiten los hechos probados de la sentencia apelada.
En el contexto de una condena por conduir un vehiculo de motor a pesar de carecer de permiso o licencia que le habilite para la conducción al no haberlo obtenido nunca, como así se declara probado, con la agravante de reincidència específica, la parte apelante formula el recurso de apelación en base a la alegación del de la circunstancia de que la conducción lo era en una zona peatonal sin ocasionar riesgos a terceros añadiendo que creia estar habilitado con un permiso obtenido en su país por lo que debería ser absuelto.
La fiscalia se opone al recurso en escrito de 27 de abril de 2016 entendiendo que hay prueba de cargo suficientemente valorada y fundamentada
La sentencia apelada en su fundamento primero al valorar la prueba señala que es la testifical de los dos agentes que han declarado en el plenario han ratificado el atestado y la consulta a la base de datos de la Dirección General de trafico que llevaron a cabo en relación al ahora apelante la que permite concluir en la declaración de hechos probados.
Examinada la videograbación del juicio por la sala se constata que el primer policía manifestó un que el conductor al ser interceptado no tenía permiso de conducir y que hicieron gestiones con la sala que confirmó que no había dispuesto a del mismo también el segundo policía manifestó que pidieron confirmación a la sala. Consta en el ateatdo ratificado esa consulta en el folio 14 y al folio 20 solicitado por el Juzgado que la Dirección General de tráfico manifiesta que no...
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