STSJ Castilla y León , 18 de Julio de 2016

PonenteEMILIO ALVAREZ ANLLO
ECLIES:TSJCL:2016:2608
Número de Recurso1135/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución18 de Julio de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01337/2016

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983413204-208

Fax: 983.25.42.04

NIG: 24089 44 4 2014 0002894

Equipo/usuario: MSM

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001135 /2016

Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000930 /2014

Sobre: RESOLUCION CONTRATO

RECURRENTE/S D/ña ADMINISTRACION CONCURSAL DE EDITORIAL EVERGRAFICAS SL( Cecilio )

ABOGADO/A: SARA RODRIGUEZ MARTINEZ

PROCURADOR: MARIA DEL CAMINO PEÑIN GONZALEZ

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Horacio, FOGASA ABOGACIA DEL ESTADO FOGASA, VALLADOLID, EDITORIAL EVERGRAFICAS S.L.

ABOGADO/A: JESUS MIGUELEZ LOPEZ, ABOGADO DEL SERVICIO JURIDICO DE FOGASA, PROCURADOR: MARIA AURORA PALOMERA RUIZ,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,

Rec. Núm.1135/2016

Ilmos. Sres.:

D. Emilio Álvarez Anllo Presidente de la Sección

D. José Manuel Riesco Iglesias

D. Rafael A. López Parada / En Valladolid, a dieciocho de julio de dos mil dieciséis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente, SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 1135/2016, interpuesto por ADMINISTRACION CONCURSAL DE EDITORIAL EVERGRAFICAS S.L, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de León de fecha, 24 de agosto de 2015 (Autos nº 930/14), dictada a virtud de demanda promovida por D. Horacio contra precitada recurrente, EDITORIAL EVERGRAFICAS, S.L, con intervención de FOGASA; sobre EXTINCION DE CONTRATO Y RECLAMACION DE CANTIDAD.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Álvarez Anllo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 2-12-14, procedente de reparto tuvo entrada en el Juzgado de lo Social nº 3 de León, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia en los términos que consta en la parte dispositiva de referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: "PRIMERO.- El demandante viene prestando servicios para la demandada, desde el día doce de septiembre de dos mil uno, ostentando la categoría profesional de "Oficial Especialista" en el centro de trabajo de León, y percibiendo un salario mensual con parte proporcional de pagas de 1.683,85 euros brutos. SEGUNDO.- A la fecha de la interposición de la demanda la citada empleadora adeudaba al trabajador las pagas extraordinarias de marzo y junio de dos mil catorce, así como la mensualidad de octubre de ese mismo año. El día dieciséis de febrero de dos mil quince se adeudaba parte de la paga de marzo de dos mil catorce (254,44 euros netos), las pagas de junio y diciembre de ese mismo año y las mensualidades de diciembre de dos mil catorce y enero de dos mil quince. A fecha de hoy se continúan adeudando las mismas pagas extraordinarias, y la mensualidad de diciembre, a las que hay que añadir, mayo, junio (1 al 24), julio (del 16 al 31) y las pagas de marzo y junio de dos mil quince. Enero de dos mil quince fue parcialmente abonado (del trece al final), junto con los doce primeros días de febrero de dos mil quince, con lo que restarían los días del uno al doce de enero. TERCERO.-El trabajador ha tenido el contrato de trabajo suspendido como consecuencia de un Expediente de Regulación de Empleo, durante el año dos mil quince, en los periodos del trece de febrero al treinta y uno de marzo, del veinticinco de junio al quince de julio y del treinta y uno de julio al treinta de septiembre. CUARTO.- Los abonos de las nóminas se realizan en las fechas siguientes:

Periodo Fecha de Pago

AÑO 2013

Noviembre: 09-12-13

Diciembre: 03-01-14

AÑO 2014:

Enero: 06-02-14

Febrero: 27-02-14

Marzo: 16-04-14

Abril: 16-05-14

Mayo: 13-06-14

Junio: 24-07-14

Julio: 20-08-14

Agosto: 12-09-14

Septiembre: 22-10-14

Octubre: 28-11-14

Noviembre: 22-12-14

Se abonó parte de la paga extra de marzo, en dos plazos el 16-01-15 y el 06-02-15....

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