SAP Asturias 265/2016, 6 de Junio de 2016
Ponente | AGUSTIN PEDRO LOBEJON MARTINEZ |
ECLI | ES:APO:2016:1875 |
Número de Recurso | 522/2016 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 265/2016 |
Fecha de Resolución | 6 de Junio de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2OVIEDO
SENTENCIA: 00265/2016
C/ COMTE. CABALLERO S/N- 5ª PLANTA - 33005 - OVIEDO
Teléfono: 985.96.87.63-64-65
213100
N.I.G.: 33044 43 2 2013 0086517
APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000522 /2016
Delito/falta: LESIONES
Denunciante/querellante: Juan María
Procurador/a: D/Dª ANTONIO SASTRE QUIROS
Abogado/a: D/Dª JOSE CARLOS BOTAS GARCIA
Contra: Cesareo, MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª MARIA MERCEDES MARQUEZ CABAL,
Abogado/a: D/Dª EFREN BANCIELLA FERNANDEZ,
SENTENCIA Nº265/2016
PRESIDENTE
ILMA. SRA. DOÑA COVADONGA VAZQUEZ LLORENS
MAGISTRADOS
ILMO SR. DON AGUSTIN PEDRO LOBEJON MARTINEZ
ILMA. SRA. DOÑA MARTA NAVAS SOLAR
En OVIEDO, a seis de junio de dos mil dieciséis.
VISTOS, en grado de apelación por la Sección 2ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Oviedo, los presentes autos de Juicio Oral seguidos con el nº129/2014 en el Juzgado de lo Penal nº3 de Oviedo (Rollo de Sala nº522/2016), en los que aparecen como apelante: Juan María representado por el Procurador de los Tribunales Don Antonio Sastre Quirós, bajo la dirección letrada de Don José Carlos Botas García, y como apelados: Cesareo representado por la Procuradora de los Tribunales Doña María Mercedes Márquez Cabal, bajo la dirección letrada de Don Efrén Banciella Fernández, y EL MINISTERIO FISCAL; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don AGUSTIN PEDRO LOBEJON MARTINEZ, procede dictar sentencia fundada en los siguientes
En el Procedimiento Abreviado expresado de dicho Juzgado de lo Penal se dictó sentencia en fecha 13-04-16 cuya parte dispositiva literalmente dice FALLO: "Que debo condenar y condeno a Juan María como autor de un delito de lesiones del Art. 147-1 º y 148º del CP sin que concurra circunstancias modificativa alguna de la responsabilidad criminal a la pena de PRISION de dos años con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y pago de costas con expresa inclusión de las devengadas por la acusación particular. Como responsable civil directo indemnizará a Cesareo en 2430 € por lesiones y secuelas y al SESPA en la suma que se acredite en sentencia por gastos asistenciales devengados por la atención de la víctima. Igualmente se impone al condenado la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de la persona, domicilio, lugar de trabajo, ocio o esparcimiento de Cesareo, así como comunicarse con la misma por cualquier medio por tiempo de 3 años."
Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación fundado en los motivos que en los correspondientes escritos se insertan y, tramitados con arreglo a derecho, se remitieron los autos a esta Audiencia donde, turnados a su Sección 2ª se procedió al señalamiento para deliberación y fallo el día 3 de junio del año en curso, conforme al régimen de señalamientos.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada y entre ellos la DECLARACION DE HECHOS PROBADOS, que se da por reproducida.
Recurre el acusado para solicitar su libre absolución o, subsidiariamente, que se le condene como autor de un delito del art. 147 CP a la pena de 6 meses de prisión.
El...
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