STSJ País Vasco 963/2016, 17 de Mayo de 2016

PonenteANA ISABEL MOLINA CASTIELLA
ECLIES:TSJPV:2016:1370
Número de Recurso826/2016
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución963/2016
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2016
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: Suplicación / E_Suplicación 826/2016

N.I.G. P.V. 20.05.4-15/002185

N.I.G. CGPJ 20069.34.4-2015/0002185

SENTENCIA Nº: 963/2016

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 17 de mayo de 2016.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, Dª ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRON OCHOA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por MUTUALIA MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 2 contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 1 de los de DONOSTIA / SAN SEBASTIAN de fecha 18 de enero de 2016, dictada en proceso sobre (AEL), y entablado por la citada recurrente frente a Emilia, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y KATEA-LEGAIA S.L.L..

Es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

PRIMERO.- Doña Emilia, nacida en fecha NUM000 de 1961, y afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM001 estuvo prestando servicios como operaria de embalaje de cerraduras en la empresa KATEA-LEGAIA, SLL, reconociéndosele por Sentencia de fecha 13 de julio de 2010 dictado por el Juzgado de lo Social nº 2 de San Sebastián en autos nº 83/2010, estar afecta una situación de invalidez permanente total derivada de enfermedad profesional condenando a Mutualia Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 2 a que abonara a la trabajadora una pensión del 55% de la base reguladora de 1.308,12 euros mensuales por doce mensualidades (15.697,49 euros anuales) siendo la fecha de efectos la de la Sentencia, condenando al INSS-TGSS a estar y pasar por la anterior declaración, absolviendo a Katea Legaia, SLL de todos los pedimentos de la demanda.

La Sentencia de fecha 13 de julio de 2010 fue confirmada por Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de fecha 21 de diciembre de 2010 . KATEA-LEGAIA, SLL desde noviembre de 2004 tuvo cubiertas con Mutualia la cobertura de todas las prestaciones de accidente de trabajo.

Obra en autos copia de la Sentencia de fecha 13 de julio de 2010 que se da por reproducida y en el que figura como Hecho Probado Tercero que Doña Emilia padece derivadas de enfermedad profesional las siguientes lesiones: rinitis y asma en contacto con taladrinas y se objetivan derivadas de enfermedad común miopía maligna y minusvalía del 75% en relación con la pérdida visual de OI, miopía progresiva en OD tiroidectomía total por carcinoma papilar de tiroides, hipercolesterolemia, cifras elevadas de GGT fibromialgia, cervicoartrosis dolor y limitación lumbar y a la movilización de ambas caderas, en el hombro derecho, intervenida del túnel carpiano.

SEGUNDO.- Instada por Doña Emilia la revisión de su grado de invalidez por agravación por Sentencia de fecha 18 de octubre de 2012 del Juzgado de lo Social nº 2 de San Sebastián en los autos nº 127/12 se declara que Doña Emilia se encuentra en situación de incapacidad permanente absoluta condenando al INSS y la TGSS a que abonen a la actora una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora de 1.124,24 euros mensuales con los incrementos que procedan legalmente y fecha de efectos de 4 de noviembre de 2011 y absuelve a Katea Legaia, SLL y se tiene por desistida a la demandante de su pretensión respecto a Mutualia.

Por Auto de fecha 30 de octubre de 2012 del Juzgado de lo Social nº 2 de San Sebastián en los autos nº 127/12 se rectifica el fallo de la Sentencia en el sentido de indicar que la actora se encuentra en situación de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común, condenando al INSS y la TGSS a que abonen a la actora una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora de 1.124,24 euros mensuales, en 14 pagas al año, con los incrementos que procedan legalmente y fecha de efectos de 4 de noviembre de 2011 y absolviendo a Katea Legaia, SLL.

Por Auto de fecha 19 de noviembre de 2012 del Juzgado de lo Social nº 2 de San Sebastián en los autos nº 127/12 se rectifica el fallo de la Sentencia en el sentido de indicar que la actora se encuentra en situación de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común, condenando al INSS y la TGSS a que abonen a la actora una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora de 1.121,25 euros mensuales, en 14 pagas al año, con los incrementos que procedan legalmente y fecha de efectos de 4 de noviembre de 2011 y absolviendo a Katea Legaia, SLL.

Obra en autos copia de la Sentencia de fecha 18 de octubre de 2012 que se da por reproducido y en cuyo Hecho Probado Tercero figura que Doña Emilia padece las lesiones por enfermedad común las mismas antes descritas (Hecho Probado Primero) y además en relación al hombro derecho, síndrome subacromial con rotura de tendón, síndrome del túnel carpiano en ambas muñecas, coxalgia izquierda intervenida en noviembre de 2011 mediante artroscopia por calcificación y rotura del...

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