SAP A Coruña 234/2016, 10 de Junio de 2016

PonenteMARIA JOSEFA RUIZ TOVAR
ECLIES:APC:2016:1531
Número de Recurso209/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución234/2016
Fecha de Resolución10 de Junio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3A CORUÑA SENTENCIA: 00234/2016

ROLLO: RECURSO DE APELACIÓN (LECN) -RPL Nº 209/2016

S E N T E N C I A

Presidenta:

Ilma. Sra. doña María Josefa Ruiz Tovar

Magistrados:

Ilma. Sra. doña María José Pérez Pena

Ilmo. Sr. don Rafael Jesús Fernández Porto García

______________________________________________

En La Coruña, a diez de junio de dos mil dieciséis.

Visto el presente recurso de apelación tramitado bajo el número 209/2016, por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. señores magistrados que anteriormente se relacionan, interpuesto contra la sentencia dictada el 10 de febrero de 2016 en los autos de juicio ordinario

, procedentes del juzgado de primera instancia núm. 5 de A Coruña, ante el que se tramitaron bajo el número 243/2015, en el que es parte apelante, el demandante, DON Cecilio, con DNI nº NUM000 y con domicilio en la PLAZA000, NUM001 - NUM002, A Coruña, representado por la procuradora doña Raquel Iglesias Regueira, y dirigida por la abogada doña Eva María Varela Andrade; y como parte apelada, la demandada, AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA (A.M.A.), con número de identificación fiscal G 28177657 y con domicilio en Paseo de los Puentes, 3-bajo, A Coruña, representada por el procurador don Diego Ramos Rodríguez, y dirigida por el abogado don Acisclo Álvarez Gregorio; y en situación procesal de rebeldía, DON Nemesio, con DNI nº NUM003 . Versa la apelación sobre reclamación de cantidad, indemnización de daños y perjuicios en accidente de tráfico; ascendiendo la cuantía del recurso a 11.288,86 €.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Sentencia de primera instancia .- Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia de 10 de febrero de 2016, dictada por el juzgado de primera instancia núm. 5 de A Coruañ, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Se desestima la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Raquel Iglesias Regueira, en nombre y representación de D. Cecilio frente a AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA (AMA SEGUROS) representada por el procurador D. Diego Ramos Rodríguez y frente a D. Nemesio, en situación procesal de rebeldía.

No se hace expresa imposición de costas".

SEGUNDO

Interpuesta la apelación por don Cecilio, y admitida, se elevaron los autos a este

Tribunal, con emplazamiento de las partes, compareciendo en tiempo y forma para sostener dicho recurso.

TERCERO

Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por el Sr. Secretario Judicial se dictó el 29 de abril de 2016 diligencia de ordenación admitiendo el recurso, mandando formar el correspondiente rollo, designando ponente e indicando los componentes del tribunal. Se personó ante esta Audiencia Provincial, la procuradora Sra. Iglesias Regueira, en nombre y representación de don Cecilio, en calidad de apelante, para sostener el recurso; así como el procurador Sr. Ramos Rodríguez, en nombre y representación de Agrupación Mutual Aseguradora (Ama Seguros) en calidad de apelado; y en situación procesal de rebeldía al demandado don Nemesio, a quien únicamente se le notificará la resolución que ponga fin al recurso. Se dictó providencia mandando quedar el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiese.

CUARTO

Por providencia de 19 de mayo de 2016 se señaló para votación y fallo el pasado día 7 de junio del año en curso, en que tuvo lugar.

QUINTO

Es ponente la Ilma. Sra. Presidenta doña María Josefa Ruiz Tovar, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Se alza la parte demandante frente a la estimación de las prescripción de la acción que ejercitó, indicando que la Cía. Tranvías de La Coruña y su Cía. Aseguradora Helvetia, asumieron la...

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