STSJ Galicia 3371/2016, 30 de Mayo de 2016

PonenteMARIA TERESA CONDE-PUMPIDO TOURON
ECLIES:TSJGAL:2016:4210
Número de Recurso4581/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3371/2016
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2016
EmisorSala de lo Social

TSJ SALA DO SOCIAL A CORUÑA

-PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 15030 44 4 2012 0005807

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0004581 /2015 MRA -AProcedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001131 /2012

Sobre: RECLAMACION CANTIDAD

RECURRENTE/S D/ña CONCELLO A CORUÑA

ABOGADO/A: LETRADO DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DEL AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: FOGASA, SERVICIOS Y MATERIALES,SA, ALIART ENGINEERING SL, ADMON CONCURSAL ALIART ENGINEERING (LLOREÇ LOPEZ CARRASCOSA), Dionisio

ABOGADO/A: FOGASA, JORGE MANUEL FERNADEZ-CHAO GONZALEZ-DOPESO,,, XOAN ANTON PEREZ-LEMA LOPEZ

PROCURADOR:,,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,,,

ILMA SRª Dª BEATRIZ RAMA INSUA

ILMA SRª Dª MARIA TERESA CONDE PUMPIDO TOURON

ILMO SR DON LUIS F DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a treinta de Mayo de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0004581/2015, formalizado por CONCELLO A CORUÑA, contra la sentencia número 218/2015 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de A CORUÑA en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001131/2012, seguidos a instancia de Dionisio frente a FOGASA, SERVICIOS Y MATERIALES,SA, ALIART ENGINEERING SL, CONCELLO A CORUÑA, ADMON CONCURSAL ALIART ENGINEERING (LLOREÇ LOPEZ CARRASCOSA), siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª MARIA TERESA CONDE PUMPIDO TOURON.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Dionisio presentó demanda contra FOGASA, SERVICIOS Y MATERIALES,SA, ALIART ENGINEERING SL, CONCELLO A CORUÑA, ADMON CONCURSAL ALIART ENGINEERING (LLOREÇ LOPEZ CARRASCOSA), siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 218/2015, de fecha veintiuno de Mayo de dos mil quince

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: l°. D. Dionisio fue contratado por Aliart Engineering SL en virtud de contrato de trabajo desde el 2 de abril de 2012, prestando servicios como acuarista en la ejecución de la concesión administrativa de tal empresa con el Ayuntamiento de A Coruña para la prestación del servicio de mantenimiento biológico de la Casa de los Peces.La citada empresa le adeuda al trabajador mencionado los siguientes importes brutos:

Salario de junio 2012: 1925,96 euros

Salario de julio de 2012: 1202,15 euros.

Salario de agosto 2012: 2029,09 euros.

Salario de septiembre 2012: 1554,54 euros.

Salario de octubre 2012: 1871,81 euros.

Salario de noviembre de 2012: 2227,57 euros.

Salario de diciembre de 2012: 1749,05 euros.

A los citados trabajadores les resulta de aplicación el Convenio colectivo autonómico del sector de eventos, servicios y producciones culturales de Galicia (DOG 28-72010)./2°.- La empresa Aliart Engineering SL fue contratada por el Ayuntamiento de A Coruña el 1 de junio de 2011 para la prestación del servicio de mantenimiento biológico de la Casa de los Peces. Obrando en autos como documentos n° 3 del ayuntamiento la citada concesión y el pliego de condiciones técnicas, los mismos se dan aquí por reproducidos.El 28 de diciembre de 2012 se firmó entre la codemandada Servicios y Materiales SA y el Ayuntamiento de A Coruña un contrato para la prestación del servicio de mantenimiento biológico de la Casa de los Peces. Obrando en autos como documentos n° 6 de al ayuntamiento la citada concesión y el pliego de condiciones técnicas, los mismos se dan aquí por reproducidos. En el mismo constaba una relación del personal a subrogar. Fruto de ello, la contratista asumió al personal que venía prestando el servicio con anterioridad para Aliart Engineering en la Casa de los Peces.Mediante auto de 25 de abril de 2013 en autos, que se da por reproducido, del Juzgado de lo Mercantil n° 7 de Barcelona, se acordó el archivo del concurso de Aliart Engineering, la extinción de la persona jurídica, el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil y el cese de la administración concursal./3°.- Se realizó un intentó conciliación sin efecto ante el SMAC.

FALLO

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: .

  1. - ESTIMO la demanda formulada por D. Dionisio frente al Concello de A Coruña, posteriormente ampliado frente a Servicios y Materiales SA. Todo ello con condena solidaria a las mismas a abonar a los demandantes los siguientes importes:

    Salario de junio 2012: 1202,15 euros, y 335,61 euros de intereses de demora.

    Salario julio de 2012: 2029,09 euros, y 335,61 euros de intereses por mora.

    Salario de agosto 2012: 2029,09 euros, y 549,24 euros de intereses por mora. Salario de septiembre 2012: 1554,54 euros, y 408,01 euros de intereses por mora.

    Salario noviembre de 2012: 2227,57 euros, y 547,43 euros de intereses por mora.

    Salario de diciembre de 2012: 1749,05 euros, y 590,36 euros de intereses por mora.

  2. - Se desestima la acción ejercitada frente a Aliart Engineering SL.

  3. - El FOGASA habrá de pasar por la presente resolución en los términos del art. 23.6 inciso primero de la LRJS con los límites previstos en el art. 33 ET .

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por CONCELLO A CORUÑA formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

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