SAP Asturias 230/2016, 31 de Mayo de 2016

PonenteMARIA PIEDAD LIEBANA RODRIGUEZ
ECLIES:APO:2016:1639
Número de Recurso418/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución230/2016
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7

GIJON

SENTENCIA: 00230/2016

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7 de GIJON

N01250

PZA. DECANO EDUARDO IBASETA, S/N - 2º. 33207 GIJÓN

- Tfno.: 985176944-45 Fax: 985176940

N.I.G. 33024 42 1 2014 0011487

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000418 /2015

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de GIJON

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001058 /2014

Recurrente: Pedro Miguel, C.P. POLÍGONO000

Procurador: JOSE RAMON FERNANDEZ DE LA VEGA NOSTI, Mª LUISA SANCHIS CIENFUEGOSJOVELLANOS

Abogado: Pedro Miguel, ALBERTO ALDAMUNDE MIRANDA

Recurrido: CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (CASER)

Procurador: FRANCISCO ROBLEDO TRABANCO

Abogado: JAVIER DE LEIVA MORENO

S E N T E N C I A Nº 230/16

ILMOS SRES. MAGISTRADOS:

PRESIDENTE: D. RAFAEL MARTIN DEL PESO GARCIA

MAGISTRADOS: Dª MARIA PIEDAD LIÉBANA RODRIGUEZ

D. JOSÉ MANUEL TERÁN LÓPEZ

Gijón, treinta y uno de mayo de dos mil dieciseis

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 007, de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en GIJON, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001058 /2014, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de GIJON, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000418 /2015, en los que aparece como parte apelante, Pedro Miguel, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. José Ramón Fernández De La Vega Nosti, asistido por el Abogado D. Pedro Miguel, y COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL POLÍGONO000, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Mª Luisa Sanchís Cienfuegos-Jovellanos, asistida por el Abogado D. Alberto Aldamunde Miranda, y como parte apelada, CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (CASER), representado por el Procurador de los tribunales, Sr. Francisco Robledo Trabanco, asistido por el Abogado D. Javier De Leiva Moreno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de GIJON, se dictó sentencia con fecha 13 de mayo de 2015, en el Procedimiento Ordinario nº 1058/14, del que dimana el RECURSO DE APELACION (LECN) 0000418 /2015, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

"Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D Francisco Robledo Trabanco en nombre y representación de la entidad mercantil "Caser-Caja de Seguros Reunidos" contra D. Pedro Miguel, y contra la Comunidad de Propietarios del POLÍGONO000, representada por la Procuradora Dª María Luisa Sanchís Cienfuegos-Jovellanos, debo acordar y acuerdo lo siguiente:

  1. /Se condena a D. Pedro Miguel a devolver a "Caser" la cantidad de nueve mil ciento cincuenta y dos euros con veintiocho céntimos (9.152,28 €) que le debe, mas los intereses legales por ella generados, contados desde la fecha de la reclamación extrajudicial.

  2. / Se condena a la Comunidad de Propietarios del POLÍGONO000 a devolver a "Caser" la cantidad de cincuenta y cinco mil doscientos nueve euros con setenta y cinco céntimos (55.209,75 €) que le debe, mas los intereses legales por ella generados, contados desde la fecha de la reclamación extrajudicial.

  3. / Se impone a los codemandaos condenados el pago de las costas causadas".

SEGUNDO

Notificada la expresada sentencia a las partes, por las representaciones procesales de Pedro Miguel, y de C.P. POLÍGONO000, se interpusieron en tiempo y forma recurso de apelación, los cuales admitidos a trámite y elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución de los mismos, se formó el correspondiente Rollo de Sala al nº 418/15, personadas las partes en legal forma, se señaló para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En las presentes actuaciones se han observado todas las prescripciones legales.-Vistos, siendo Ponente la ILMA SRA. MAGISTRADA DOÑAMARIA PIEDAD LIÉBANA RODRIGUEZ.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estimó la demanda interpuesta por la representación de CASER -CAJA DE SEGUROS REUNIDOS- contra D. Pedro Miguel y contra la Comunidad de Propietarios del POLÍGONO000 (Carreño), por entender que la demandante tiene pleno derecho a reintegrarse de los

64.362,03 euros pagados en exceso sobre la cantidad final de la condena impuesta a su asegurado D. Jose María, por ser destinatarios de la misma, en virtud de las acciones que les correspondían frente a D. Pedro Jesús, conforme a lo establecido en el artículo 533.2 de la LEC en relación con los artículos 1.895 y siguientes del CC, aplicables por analogía aunque no se trate de un error en el pago. Reintegro a efectuar en la proporción correspondiente, que es coincidente con lo reclamado a cada uno en la demanda.

Contra dicha sentencia se alzan ambos codemandados, por separado, alegando, en síntesis, su falta de legitimación "ad caussam", por no ser de aplicación frente a terceros lo dispuesto en el artículo 533 de la LEC (ejecución provisional), cuyos efectos se contraen a la relación entre ejecutante y ejecutado, de ahí que la apelada CASER sólo está legitimada para accionar frente a D....

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