SAP Asturias 166/2016, 1 de Junio de 2016
Ponente | JOSE ANTONIO SOTO-JOVE FERNANDEZ |
ECLI | ES:APO:2016:1608 |
Número de Recurso | 116/2016 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 166/2016 |
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
OVIEDO
SENTENCIA: 00166/2016
SENTENCIA Nº 166/16
ROLLO: 116/16
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
DON JOSE ANTONIO SOTO JOVE FERNANDEZ
MAGISTRADOS
DON GUILLERMO SACRISTÁN REPRESA
DON JAVIER ANTÓN GUIJARRO
En Oviedo, a uno de junio de dos mil dieciséis.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 1ª, de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 308/2014, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 1 de LAVIANA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 116/2016, en los que aparece como parte apelante, ORANGE ESPAÑA S.A.U., representada por la Procuradora de los Tribunales, DOÑA MARIA ANGELES ALVAREZ ARGÜELLES, asistida por la Abogada DOÑA PATRICIA CASTILLO CEBRIAN, y como parte apelada, DON Mateo, representado por la Procuradora de los Tribunales, DOÑA MARIA CONSUELO MORALES SUAREZ, asistido por el Abogado DON ALBERTO ZURRON RODRIGUEZ, siendo parte el MINISTERIO FISCAL en la representación que le es propia.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Laviana dictó Sentencia en los autos referidos con fecha dieciséis de diciembre de dos mil quince, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Morales Suárez, actuando en nombre y representación de D. Mateo, contra Orange España S.A.U., debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de 8.000 euros, cantidad que devengará los intereses previstos en el Fundamento de Derecho Sexto de la presente resolución, con expresa imposición de costas a la parte demandada.".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 1 de Junio de 2016, quedando los autos para sentencia. QUINTO.- En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Presidente Ilmo. Sr. Don JOSE ANTONIO SOTO JOVE FERNANDEZ.
No se constata en la ordenada y detallada motivación de la recurrida error en la valoración probatoria al concluir que la inclusión por la demandada de los datos del actor en registros de morosos, por una deuda de 119,22 euros por concepto de penalización por incumplimiento del compromiso de permanencia de este en el contrato de suministro por aquella de servicio de línea móvil, supuso una intrusión ilegitima en el honor del demandante. El contrato, no...
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