STSJ Murcia 470/2016, 3 de Junio de 2016

PonenteINDALECIO CASSINELLO GOMEZ PARDO
ECLIES:TSJMU:2016:1203
Número de Recurso611/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución470/2016
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD

MURCIA

SENTENCIA: 00470/2016

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Equipo/usuario: G

Modelo: N11600

PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5, 3ª PLANTA

N.I.G: 30030 33 3 2013 0001385

Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000611 /2013

Sobre: ADMINISTRACION LABORAL

De D./ña. ASOCIACION DE EMPRESARIOS DE FORMACION DE LA REGION DE MURCIA

ABOGADO PEDRO ALFONSO GARCIA-VALCARCEL ESCRIBANO

PROCURADOR D./Dª. OLGA NAVAS CARRILLO

Contra D./Dª. SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION

ABOGADO LETRADO COMUNIDAD

PROCURADOR D./Dª.

RECURSO núm. 611/2013

SENTENCIA núm. 470/2016

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCION PRIMERA

Compuesta por los Iltmos. Sres.:

Dña. María Consuelo Uris Lloret

Presidenta

D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo

D. José Mª Pérez Crespo Payá.

Magistrados

Ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY La siguiente

S E N T E N C I A Nº 470/16

En Murcia, a tres de junio de dos mil dieciséis.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 611/2013, tramitado por las normas de PROCEDIMIENTO ORDINARIO, en cuantía indeterminada, en materia de ayudas.

Demandante : ASOCIACION DE EMPRESARIOS DE LA FORMACION DE LA REGION DE MURCIA (AMCAP), representada por la Procuradora Doña Olga Navas Carrillo y dirigida por el Letrado Sr. GarcíaValcárcel y Cáceres.

Demandada : Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y dirigida por el Sr. Letrado de la Comunidad.

Actos administrativos impugnados:

A).- Orden de 5 de julio de 2013, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por la que se regula la formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores desempleados, mediante la ejecución de acciones y proyectos de formación y la realización de prácticas profesionales no laborales, y se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a tal fin, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en concreto sus artículos 2, 7, 8.1, 10.2.3, 12.4.b), 13.2 y 3.a), 19, 20, 21, 25, 33.1.12 y 17, 39, 40.4.1, 52.1, 54.a) párrafo segundo, apartados c), d) y f) 1.1., 55, 56, apartados 1,2, 3 y 5, 57.3, 61.2.1.j) y 2.2.a) y su disposición adicional tercera.

B).- Resolución de fecha 16 de julio de 2013, del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, de convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas, correspondientes a la formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores desempleados, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para 2013.

C).- Orden de 9 de julio de 2013, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, de modificación parcial de la Orden de 31 de julio de 2012, por la que se regula la formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados, mediante la ejecución de planes de formación y se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a tal fin, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

D).- Resolución de 16 de julio de 2013, del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el ejercicio 2013.

E).- Resolución de 3 de septiembre de 2013, del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, de convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de formación, correspondientes a la formación de oferta de 2013.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte Sentencia "por la que estimando la demanda, se declare la nulidad de los preceptos objeto de este recurso, con costas".

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Indalecio Cassinello Gómez Pardo, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se interpuso el día 10/10/2013, y admitido

a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda, deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se opuso al recurso e interesó su desestimación, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

No ha habido recibimiento del recurso a prueba, ni trámite de vista o conclusiones, señalándose para la votación y fallo el día 27/5/2016, quedando las actuaciones conclusas y pendientes de sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Mediante la demanda rectora del procedimiento se alega por la Asociación demandante que las disposiciones recurridas vulneran el artículo 149.1.7 de la Constitución Española, precepto que declara que es de competencia exclusiva estatal la elaboración de la "Legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas", ya que las disposiciones impugnadas regulan la formación profesional ocupacional subvencionada, materia que a su juicio es de naturaleza laboral, invadiendo por tanto la competencia exclusiva del Estado consagrada constitucionalmente y que dichas disposiciones discriminan a los integrantes de la Asociación de Empresarios de la Formación de la Región de Murcia (AMCAP) al excluirlos como...

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