STSJ Canarias 244/2016, 30 de Marzo de 2016

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2016:446
Número de Recurso1303/2015
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIÓN
Número de Resolución244/2016
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2016
EmisorSala de lo Social

? TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL

Plaza de San Agustín Nº6

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 32 50 06

Fax.: 928 32 50 36

Sección: AP

Rollo: Recursos de Suplicación

Nº Rollo: 0001303/2015

NIG: 3501644420110010389

Materia: Procedimiento de oficio colectivo

Resolución:Sentencia 000244/2016

Proc. origen: Procedimiento de oficio Nº proc. origen: 0001066/2011-00

Órgano origen: Juzgado de lo Social Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Intervención: Interviniente: Abogado:

Recurrente Gines

Recurrido GOBIERNO DE CANARIAS

Recurrido Nicanor

Recurrido Amelia

Recurrido Jose Pedro

Recurrido Anibal

Recurrido Erasmo

Recurrido Justino

En Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de marzo 2016.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ, Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ y D. IGNACIO DUCE SÁNCHEZ DE MOYA, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0001303/2015, interpuesto por D. Gines, frente a Sentencia 000336/2015 del Juzgado de lo Social Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 0001066/2011-00 en reclamación de Procedimiento de oficio colectivo siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por GOBIERNO DE CANARIAS, en reclamación de Procedimiento de oficio colectivo siendo demandados Gines, Nicanor, Amelia, Jose Pedro, Anibal, Erasmo y Justino y celebrado juicio y dictada Sentencia estimatoria, el día 12 junio 2015, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

En el año 2009, y tras comunicaciones recibidas en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social referidas a determinadas prácticas relativas al sector del taxi en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria que pudieran constituir infracciones de carácter municipal, fiscal, laboral y de Seguridad Social, y en el ámbito de la colaboración entre administraciones, bajo la dirección de la Concejalía de Transportes del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, se decidió la realización de actuaciones previas de comprobación, incluidas grabaciones con videocámaras, en vehículos camuflados de la Policía Local.

De tales actuaciones tuvo conocimiento la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

SEGUNDO

El día 17 de julio de 2009 el Inspector Jefe de la Unidad Especial de la Policía Local del Ayuntamiento de Las Palmas con carné profesional NUM000 encomendó a los Oficiales NUM001 y NUM002 (instructor y secretario respectivamente) la investigación referida a supuestas irregularidades en la explotación de algunas licencias de auto taxis de esta ciudad, acompañando un dossier conteniendo información objeto de la investigación.

La investigación pretendía aclarar si una misma persona explota varias licencias de taxi a la vez y determinar quién o quiénes son esas personas, domicilios fiscales, modus operandi y cualquier dato significativo para el caso.

TERCERO

La vigilancia se centró en la calle Luis Correa Medina, donde se ubica una estación de servicio destinada al repostaje de combustible de vehículos y otro espacio en el que se encuentran las oficinas y gestoría de la Sociedad Cooperativa de Productores Taxistas "San Cristóbal", contando con una serie de instalaciones (estacionamiento de vehículos, auto repuestos, talleres) y una caseta de aluminio de unos tres metros cuadrados.

El día 29 de julio de 2009, los Agentes de la Policía Local nº NUM003 y NUM004, comprobaron como Gines abrió y cerró varias veces la caseta aludida para entregar o recoger de otras personas un sobre de color marrón claro, en una franja horaria de 15:30 a 16:00 horas aproximadamente. En concreto, los conductores de las licencias NUM005 y NUM006 entregaron, tras estacionar el vehículo, al Sr. Gines un sobre color marrón claro.

El día 11 de agosto de 2009, se estableció un sistema de video vigilancia en el lugar indicado anteriormente por parte de los Agentes de la Policía Local NUM007 y NUM003 con una duración de 14:15 horas a 16.00 horas. Se comprueba como diferentes personas que llegan conduciendo un vehículo auto taxi, repostan combustible, estacionan el vehículo en la zona destinada al uso colectivo de taxis, se dirigen a la caseta y entregan a Gines un sobre color marrón claro. También se observa en alguna ocasión que lo que hacen es recibir de Gines un sobre o una llave de vehículo. Las licencias municipales identificadas en esta diligencia fueron las número NUM008, NUM009, NUM010, NUM005, NUM011, NUM012, NUM013

, NUM006 y NUM014 .

En la diligencia de vigilancia de fecha 29 de octubre de 2009 fueron identificadas las siguientes licencias municipales, cuyos conductores realizaron idénticas actuaciones que los anteriores: NUM014, NUM015, NUM016, NUM005, NUM017, NUM018, NUM011, NUM019 .

Idéntica forma de proceder referidas a las licencias ya relacionadas se comprobó en las diligencias de vigilancia desarrolladas entre los días 3 al 6 de noviembre de 2009.

El día 18 de noviembre de 2009, a las 14:50 horas un operario de los talleres se dirigió a Gines con la expresión " Gines, ésta ya está lista", refiriéndose a la licencia NUM020, contestando Gines " Erasmo, ven para que la traigas", interesándose posteriormente Gines por el estado del vehículo. En ese momento, Blas inició con Gines una conversación y sin que conste motivo, el Sr. Blas golpeó y rompió uno de los cristales de la caseta, precisando posteriormente asistencia sanitaria. Momentos después apareció con un vendaje en la mano derecha y se introdujo en el vehículo con el propósito de iniciar la jornada en la licencia NUM020 . Gines se acercó y tras una breve conversación, el conductor abandonó el vehículo.

CUARTO

La persona que recibe y entrega los sobres de color marrón claro y llaves de vehículos es Gines, titular de la licencia municipal de taxi nº NUM015 .

Gines no explota directamente el taxi nº NUM015, sino que lo hacen otras dos personas de las que recibe y a las que entrega los correspondientes sobres.

Gines se interesa a menudo por el estado de conservación y de los vehículos de taxi que conducen las personas que le hacen entrega de los sobres.

QUINTO

La vigilancia se extendió hasta el día 31 de marzo de 2010.

SEXTO

El día 8 de abril de 2010 se realizó una actuación conjunta Policía Local, Agencia Tributaria e Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

En dicho operativo, y como parte de él, se procede a la intervención, en las dependencias de la Sociedad Cooperativa de Taxistas "San Cristóbal" sitas en la C/Luis Correa Medina, de la actividad realizada por el llamado Gines, titular del DNI NUM021, la cual se desarrolla en dichas instalaciones en su parte trasera y en una casetilla de unos 3 metros cuadrados que allí se encuentra.

Que con motivo de dicha intervención por funcionarios de esta policía se observa sobre las 16,20 horas como el posteriormente identificado como Santos, tiltular del DNI NUM022 tras llegar al lugar con el vehículo matricula SH-....-SH auto-taxi NUM005 hace entrega de un sobre con la recaudación al llamado Gines quien lo guarda en el bolsillo de su pantalón, el cual le es requerido junto a otros momentos después por funcionarios integrantes de este operativo, pudiéndose comprobar que en su interior había cincuenta y dos (52) €, una tira impresa de taximetro y un justificante en el que se indica 9 litros (8€) en referencia al combustible repostado.

Como así se puede apreciar en la filmación de vídeo realizada ese día, se intervino sobre de recaudación en poder del llamado Gines, los cuales contenían una tira impresa de taximetro y un justificante en el que se indica el combustible repostado así como la cantidad de cincuenta y dos (52)€ dinero que le fue devuelto por los Inspectores de la Agencia Tributaria, quedando en poder de esa administración el resto de la documentación obtenida.

En el maletero del vehículo particular del llamado Gines, y habiéndose dado consentimiento éste a los funcionarios inspectores antes indicados para su inspección, aparecen varios documentos relativos a la gestión de vehículos de auto taxi, sobre todo, relativa a siniestros y tramitación varia de seguros de vehículos.

Que en la casetilla anteriormente referida, a la cual se accede con autorización del llamado Gines, se pudo observar varios folios unidos por una traba metálica en los que se encontraba impreso una tabla a modo de estadillo de control de los conductores, figurando en cada una de sus columnas el número de las licencias que se le vinculan su explotación y en las filas referencias al día del mes y turno, pudiéndose apreciar como en las casillas que conformaban la tabla había manuscrito una letra y sobre éstas, en algún caso, se añadía una cruz, lo que, según explicación del propio Gines, se trataba de la inicial del conductor y la cruz el hecho de que había trabajado. Esta explicación quedó recogida en grabación del vídeo.

Que así mismo en dicho lugar se obtuvieron, entre otra documentación y efectos, en el interior de una caja de cartón sin tapa varios sobre de liquidación con idéntico contenido al descrito al comienzo de la presente; una agenda en la que se describía un control de kilómetros de los vehículos de las licencias que se le vinculan su explotación; la cantidad de quinientos (500)€ junto a un documento de justificante de recepción en concepto de administración y extendido con el número de la licencia NUM012 y un listado de control mensual de gasoil en el cual también figuran las licencias vinculadas.

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