STSJ Galicia 308/2016, 5 de Mayo de 2016

PonenteCRISTINA MARIA PAZ EIROA
ECLIES:TSJGAL:2016:3576
Número de Recurso4084/2014
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución308/2016
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00308/2016

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 2ª

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚMERO 4084/2014

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA

ILMOS. SRS.

Don José Antonio Méndez Barrera

Don José María Arrojo Martínez

Doña Cristina María Paz Eiroa

En la ciudad de A Coruña, a cinco de mayo de dos mil dieciséis .

Vistos los autos de recurso ordinario seguidos ante esta Sala con el número 4084/2014, sustanciados por el procedimiento ordinario regulado en el Capítulo I del Título IV de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa, que ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha promovido el procurador don Xulio Xavier López Valcárcel, en nombre y representación de don Demetrio, en relación con la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de 19 de abril de 2013 sobre aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal de Xunqueira de Espadanedo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El procurador don Xulio Xavier López Valcárcel, en nombre y representación de don Demetrio, interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo en relación con la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de 19 de abril de 2013 sobre aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal de Xunqueira de Espadanedo, por medio de escrito de 28/02/2014, que se tuvo por interpuesto por decreto de 13/03/2014 por el que se acordó requerir a la Administración la remisión del expediente administrativo en la forma y plazos determinados en el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y ordenarle que practicase los requerimientos previstos en el artículo 49 de la misma.

SEGUNDO

Habiéndose recibido y examinado el expediente, por diligencia de 28/04/2014 se acordó la entrega de copia a la recurrente para que dedujese demanda en el plazo de veinte días; habiéndose presentado por el procurador don Xulio Xavier López Valcárcel, en la representación dicha, escrito de demanda con fecha 18/06/2014 por el que, después de consignar los hechos y los fundamentos de Derecho que estimaba convenientes, suplicaba que "se estime la demanda y declare nulo por no ser ajustado a derecho el Plan General de Ordenación municipal de Xunqueira de Espadanedo en cuanto a la delimitación del núcleo, y subsidiariamente, para el caso de no ser estimada la petición principal declare la nulidad de la clasificación como SRPA de la parcela del actor debiendo clasificarse como suelo de núcleo rural. Todo ello con imposición de costas" ; y habiéndose acordado, en virtud de auto de 20/06/2014, el traslado de la misma a la parte demandada, para que la contestase en el plazo de veinte días.

TERCERO

El Letrado de la Xunta de Galicia, en la representación de la demandada que legalmente ostenta en este recurso, presentó ante esta Sala escrito de contestación con fecha 22/09/2014 por el que, después de consignar los hechos con los fundamentos de derecho que estimaba oportunos, suplicaba "dictar sentencia desestimando íntegramente el recurso por ajustarse a Derecho la resolución impugnada, con imposición de las costas a la recurrente en aplicación del artículo 139.1 de la LRJCA " .

CUARTO

Por auto de 24/09/2014, se acordó recibir el pleito a prueba; habiéndose practicado la propuesta y declarada pertinente, con el resultado que obra en autos. Por providencia de 03/11/2014, se acordó el trámite de conclusiones escritas; habiéndose presentado escrito de conclusiones por las partes que fue unido a los autos. Por providencia de 05/01/2015, se declararon conclusos los autos para sentencia, pendientes de votación y fallo; y, por providencia de 18/03/2016, se señaló el día 31/03/2016 para la votación y fallo.

QUINTO

En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente la Ilma. Sra. Doña Cristina María Paz Eiroa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante pretende la declaración de no ser conforme a derecho y la anulación de la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de 19 de abril de 2013 sobre aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal de Xunqueira de Espadanedo. Pide que "se estime la demanda y declare nulo por no ser ajustado a derecho el Plan General de Ordenación municipal de Xunqueira de Espadanedo en cuanto a la delimitación del núcleo, y subsidiariamente, para el caso de no ser estimada la petición principal declare la nulidad de la clasificación como SRPA de la parcela...

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