SAP Castellón 152/2016, 12 de Mayo de 2016

PonenteAURORA DE DIEGO GONZALEZ
ECLIES:APCS:2016:346
Número de Recurso54/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución152/2016
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

CASTELLÓN

Rollo de Apelación Penal nº 54/2016

Juicio Oral Nº 198/2013

Juzgado de lo Penal nº 3 de Castellón

SENTENCIA Nº 152

Iltmos/a. Sres/a.:

Presidente

DON ESTEBAN SOLAZ SOLAZ

Magistrados/a

DON PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO

DOÑA AURORA DE DIEGO GONZALEZ

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En Castellón de la Plana, a 12 de mayo de 2016.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Ilmos./a Sres./a anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia de fecha 16 de octubre de 2015, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Castellón en el Juicio Oral seguido con el número 198/2013, por delito contra la propiedad intelectual.

Han intervenido en el recurso, como APELANTE, Isidoro,representado por el Procurador Don Jesús Rivera Huidobro,y defendido por la Letrada Dña. Mercedes Falomir Villacañas, y como APELADO, el Ministerio Fiscal, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª AURORA DE DIEGO GONZALEZ que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, declara probados los hechos siguientes : "ÚNICO.- Queda probado y así se declara que Isidoro, mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, el 31 de enero de 2012 sobre las 13:40 en la calle Marina Española de la zona Grao de Castellón, tenía en su poder y ofrecía a la venta a cuantos transeúntes pasaban y con ánimo de lucro, 332 CDs de música de diversos autores y 148 DVDs de películas, ninguno de los cuales eran originales, careciendo de la autorización para su venta de las sociedades titulares de los derechos exclusivos y registrados, siendo el beneficio que pudo obtener de 794 euros.

El proceso entró en este Juzgado el día 3 de mayo de 2013 y se dictó Auto de admisión de prueba el 22 de septiembre de 2014".

SEGUNDO

El fallo de la sentencia apelada dice : "Que DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado don Isidoro como autor responsable de un delito contra la propiedad intelectual previsto y penado en el artículo 270.4 último párrafo del Código Penal a la pena de MULTA DE 1 MESES a razón de una CUOTA DIARIA DE 6 EUROS, sin perjuicio de la responsabilidad personal por impago de multa de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas del artículo 53 CP .

Todo ello con expresa imposición de las costas procesales al condenado, así como decomiso y destrucción de los efectos intervenidos"

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación del apelante se interpuso recurso de apelación ante el órgano judicial que la dictó, por los motivos que desarrolla ampliamente en su correspondiente escrito, confiriéndose traslado al Ministerio Fiscal que lo impugnó, interesando la desestimación del recurso de apelación interpuesto y la consiguiente confirmación de la sentencia apelada.

CUARTO

Recibidas las actuaciones en la Audiencia Provincial, se turnaron a la Sección Primera donde se formó el oportuno Rollo de Apelación, tramitándose el recurso y señalándose deliberación y votación del Tribunal.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado en lo esencial las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

NO SE ACEPTAN los que contiene la resolución recurrida, sustituyéndose por los siguientes,

PRIMERO

La sentencia dictada en el grado primero de la jurisdicción penal condenó a Isidoro como autor de un delito contra la propiedad intelectual, sancionado en el art. 270.4, último párrafo, CP, en la redacción legal instaurada por la LO 1/2015, más beneficiosa a reo, y ello por la conducta de posesión y ofrecimiento en venta con ánimo lucrativo de 332 cd de música...

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