STSJ Comunidad Valenciana 113/2016, 2 de Marzo de 2016

PonenteMARIA ALICIA MILLAN HERRANDIZ
ECLIES:TSJCV:2016:411
Número de Recurso560/2015
ProcedimientoCONTENCIOSO - APELACION
Número de Resolución113/2016
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO DE APELACION - 000560/2015

N.I.G.: 46250-33-3-2015-0006230

SENTENCIA Nº 113/2016

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 2

Iltmos. Sres:

Presidenta

Dª ALICIA MILLAN HERRANDIS

Magistrados

D JUAN LUÍS LORENTE ALMIÑANA

D MIGUEL SOLER MARGARIT

En VALENCIA a dos de marzo de dos mil dieciséis.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apela-ción, tramitado con el número de rollo 560/2015, inter¬puesto por la ADMINISTRACION DEL ESTADO, contra el auto de 28 de julio de 2015, del Juzga-do de lo Contencioso-Administra¬tivo número 6 de Valencia, en la pieza de medidas cautelares dimanante del recurso contencioso-administrativo número 111/15.

Han sido partes en el recurso, el referido apelan¬te, y el apelado no se ha personado; y Ponente la

Ilma. Sra. Magis¬trada ALICIA MILLAN HERRANDIS, quien expresa el parecer de la Sección.

H E C H O S
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo antes referido se dictó Auto en el recur¬so contencioso- administrativo del que trae causa el presente rollo de apelación, cuya parte dispositiva, literalmente transcrita, acuerda: "Debo acordar y acuerdo suspender la orden de expulsión."

SEGUNDO

Por la Administración del Estado, se interpu¬so en tiem¬po y forma recurso de apela¬ción contra el citado auto, en el que, tras efectuar las alegaciones que esti¬mó oportu¬nas, solicitaba que se estimara el Recurso y se dictara nueva resolución acor¬dando conforme a lo solici¬tado en su escrito de oposición a la suspensión.

TERCERO

Admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes comparecidas para que, en el plazo común de quince días, pudieran formalizar su oposi¬ción, y cumplido este trámite se acordó la remisión a este Tribunal de los autos, expediente y escritos pre¬sentados; una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se pasaron los autos a la Sra. Magistrada Ponente para propuesta de reso¬lución, seña¬lándose para su votación y fallo el día 1 de los corrientes.

CUARTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Incoado el correspondiente procedimiento al recurrente, ciudadano de Marruecos, por infracción del art. 57.2 LO 8/2000, concluyó éste mediante resolución de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, de 26/enero/2015, por la que se le impuso la sanción de EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL con PROHIBICIÓN DE ENTRADA POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS A TODOS LOS TERRITORIOS DEL ACUERDO SCHENGEN, de conformidad con lo establecido en el art. 57.7.) de la

L.O. 4/2000 .

Instada por el actor en sede judicial, la suspensión cautelar del antedicho acuerdo administrativo, argumentando la...

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