STSJ Castilla y León 728/2016, 12 de Mayo de 2016

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2016:1823
Número de Recurso290/2015
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución728/2016
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/ADVALLADOLID

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

Sala de lo Contencioso-administrativo de

VALLADOLID

Sección Segunda

SENTENCIA: 00728/2016

Equipo/usuario: JVA

Modelo: N11600

N.I.G: 47186 33 3 2015 0102614

PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000290 /2015

Sobre: ADMINISTRACION DEL ESTADO

De D.ª Antonia

ABOGADA D.ª MARTA IGLESIAS BARBA

PROCURADORA D.ª MARIA JESUS SENOVILLA SANCHO

Contra MINISTERIO DE JUSTICIA

ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA N.º 728

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE DE LA SECCIÓN:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

MAGISTRADOS:

DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

DOÑA ADRIANA CID PERRINO

En Valladolid, a doce de mayo de dos mil dieciséis.

Visto por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Resolución de 2 de marzo de 2015 de la Secretaría de Estado de Justicia del Ministerio de Justicia, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra el Decreto de la Inspección Fiscal de 17 de octubre de 2014, por el que se archivan las Diligencias de Inspección derivadas de la queja formulada por las actuaciones de la Fiscalía Provincial de Palencia. Son partes en dicho recurso: como recurrente DOÑA Antonia, representada por la Procuradora Dª María Jesús Senovilla Sancho, bajo la dirección de la Letrada Dª Marta Iglesias Barba.

Como demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN SASTRE LEGIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, revocando la resolución impugnada, se incoe expediente sancionador contra el Fiscal Jorge (sic), con expresa condena en costas a la Administración demandada.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

Por auto de 11 de diciembre de 2015 se denegó el recibimiento del pleito a prueba que había solicitado la parte actora toda vez que se refería a la reproducción del expediente administrativo, lo que era innecesario ya que el expediente forma parte de las actuaciones.

CUARTO

Presentados por las partes escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 10 de mayo de 2016.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna por la representación de Dª Antonia la Resolución de 2 de marzo de 2015 de la Secretaría de Estado de Justicia del Ministerio de Justicia, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra el Decreto de la Inspección Fiscal de 17 de octubre de 2014, por el que se archivan las Diligencias de Inspección a las que se refiere derivadas de la queja formulada por actuaciones de la Fiscalía Provincial de Palencia, y se pretende por la parte actora que se anule el acto impugnado y que se incoe expediente sancionador al Fiscal Sr. Jorge .

Al haberse alegado por la Abogacía del Estado la inadmisibilidad del presente recurso, al amparo de lo dispuesto en el art. 69.b) de la Ley reguladora de esta Jurisdicción 29/1998, de 13 de julio (LJCA), por falta de legitimación del recurrente, esta cuestión ha de examinarse en primer lugar por obvias razones procesales, pues su estimación impediría entrar en el fondo del asunto.

SEGUNDO

En relación con la falta de legitimación activa del denunciante el Tribunal Supremo ha señalado en la sentencia de 12 de junio de 2015 (casación 2502/2013 ) --que confirma la inadmisibilidad del recurso contenida en la sentencia de instancia y que se refiere a un supuesto análogo al aquí planteado, de archivo de las diligencias de la Inspección Fiscal abiertas...

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