SAN 191/2016, 27 de Abril de 2016

PonenteANA ISABEL MARTIN VALERO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:2016:1819
Número de Recurso438/2014

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN CUARTA

Núm. de Recurso: 0000438 / 2014

Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General: 04781/2014

Demandante: LABORATORIOS FARMACÉUTICOS ROVI, S.A

Demandado: MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

Abogado Del Estado

Ponente IIma. Sra.: Dª. ANA MARTÍN VALERO

S E N T E N C I A Nº:

IIma. Sra. Presidente:

Dª. MARÍA ASUNCIÓN SALVO TAMBO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. SANTOS GANDARILLAS MARTOS

D. IGNACIO DE LA CUEVA ALEU

D. SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCIA

Dª. ANA MARTÍN VALERO

Madrid, a veintisiete de abril de dos mil dieciséis.

Vistos los autos del recurso contencioso administrativo nº 438/2014 que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido la entidad LABORATORIOS FARMACÉUTICOS ROVI, S.A representado por la Procuradora Dª Gloria Messa Teichmann y asistido por el Letrado D. Manuel de Vicente-Tutor Rodríguez, frente a la Administración General del Estado, representada por el Sr. Abogado del Estado, contra la resolución de 12 de mayo de 2014, de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, por delegación de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, por la que se acuerda el reintegro total de préstamo concedido para la realización del proyecto "Desarrollo clínico avanzado de una vacuna basada en VPL influenza".

I ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 25 de septiembre de 2014, contra la resolución antes mencionada, acordándose su admisión mediante decreto de fecha 4 de febrero de 2015, y con reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

Una vez recibido en esta Sala el expediente administrativo, se dio traslado a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito presentado en fecha 12 de mayo de 2015, en la cual, tras alegar los hechos y fundamentos oportunos, terminó suplicando: a) que, presentando este escrito de demanda en tiempo y forma, lo admita junto a los documentos a él adjuntos, y en el momento procesal oportuno dicte sentencia QUE DECLARE LA MODERACIÓN DE LA CUANTÍA DE LOS INTERESES DE DEMORA a pagar por mi mandante, ordenando la inmediata devolución de la cuantía que los exceda junto con los intereses procesales más los moratorios desde que tal devolución se ordene, pues, frente a la acreditación de cumplimiento significativos por parte de ROVI, habida cuenta de los fondos de que disponía, se han acreditado graves incumplimientos en los compromisos asumidos por las Administraciones Públicas copartícipes del proyecto; B) se ejercita, de conformidad con el artículo 31.2 LJCA, ACCIÓN DE RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN prestamista a ROVI, habiendo quedado debidamente justificados en el cuerpo de este escrito los requisitos que configuran esta clase de responsabilidad; C) Por último, se ejercita ACCIÓN POR ENRIQUECIMIENTO INJUSTO DE LA ADMINISTRACIÓN, toda vez que una liquidación así efectuada, convierte a lo que en principio era una actividad de fomento de una actividad necesaria para la salud pública, en un mecanismo de financiación a costa de los operadores privados>>.

TERCERO

La Abogacía del Estado, contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 1de julio de 2015, interesando la desestimación del presente recurso.

CUARTO

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicada la propuesta y admitida, se presentó por las partes escrito de conclusiones, tras lo cual se señaló para votación y fallo el día 20 de abril de 2016, fecha en que tuvo lugar.

QUINTO

La cuantía del recurso se ha fijado en 2.471.006,06 €.

Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª ANA MARTÍN VALERO, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Laboratorios Farmacéuticos Rovi, S.A interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución de 12 de mayo de 2014, de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, por delegación de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, por la que se acuerda el reintegro total de préstamo concedido para la realización del proyecto "Desarrollo clínico avanzado de una vacuna basada en VPL influenza", por importe total de 12.844.339,95 €, de los cuales 10.373.333,34 € corresponden principal del préstamo concedido, y 2.471.006,61€ a los intereses de demora.

La impugnación se circunscribe, exclusivamente a la cantidad reclamada en concepto de intereses de demora.

SEGUNDO

Son hechos relevantes a efectos del presente recurso, que resultan del expediente administrativo, los siguientes:

  1. - Por resolución de la Dirección General de Terapias Avanzadas y Trasplantes, del Ministerio de Sanidad y Política Social, de fecha 29 de noviembre de 2009, se concedió a la entidad Laboratorios Farmacéuticos Rovi, S.A un préstamo por importe de 11.900.000 € para la realización del proyecto "Desarrollo clínico avanzado de una vacuna basada en VPL influenza", de acuerdo con lo establecido en la Orden SAS/2737/2009, de 2 de octubre, por la que se establece la convocatoria para la concesión de ayudas para el fomento de la dinamización del entorno tecnológico el Sistema Nacional de Salud.

  2. - El plazo de ejecución el proyecto era de 3 años, y concluía en el 2010, habiendo sido prorrogado hasta 2013.

  3. - La Comisión Técnica se reunió los días 29 y 30 de mayo de 2013 para realizar el seguimiento científico-técnico y económico de los proyectos de dinamización que se habían financiado, y en relación con el proyecto "Desarrollo clínico avanzado de una vacuna basada en VPL influenza", a ejecutar por la recurrente, se informó lo siguiente: " Los representantes de Rovi-Alentia explican la imposibilidad hasta el momento actual de iniciar el proyecto debido a que la Junta de Andalucía, colaboradora principal del proyecto, no ha cumplido con su parte. Proponen un periodo de tiempo de tres meses; si en este tiempo no se ha iniciado el proyecto, devolverán el préstamo con sus correspondientes intereses de demora. La comisión considera correcta la propuesta de los responsables del proyecto y propone un plazo máximo de tres meses para el inicio del proyecto; en caso contrario, se procederá a la devolución del préstamo ". 4.- Mediante escrito de 25 de junio de 2013, se comunicó a Laboratorios Rovi el anterior informe de la Comisión Técnica.

  4. - El 15 de octubre de 2013 presentó una Memoria de Solicitud de Acciones de dinamización del Entorno Investigados, del proyecto con título "Tecnología ISM®:Tecnología Innovadora de Medicamentos de Liberación Prolongada para mejorar la Terapia Médica en el área de Psiquiatría y Oncología", en sustitución del Proyecto de Dinamización con título "Desarrollo clínico avanzado de una vacuna basada en VPL influenza", financiado en la convocatoria de 2009.

  5. - La Directora General de Salud Pública elevó consulta a la Abogacía del Estado en relación con la modificación del proyecto subvencionado, que emitió informe en fecha 19 de noviembre de 2013, considerado que la Orden de convocatoria no permitía la modificación planteada, por lo que procedía su denegación; y, finalizado el plazo de presentación del proyecto subvencionado, sin que la entidad beneficiaria hubiera justificado su realización, procedía incoar de oficio el procedimiento de reintegro de las cantidades anticipadas del préstamo.

  6. - En fecha 18 de marzo de 2014 se acordó iniciar el procedimiento de reintegro, con base en el "incumplimiento total de la actividad del proyecto que fundamenta la concesión de la ayuda".

  7. - La entidad beneficiaria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR