SAP Asturias 185/2016, 22 de Abril de 2016

PonenteJAVIER DOMINGUEZ BEGEGA
ECLIES:APO:2016:1254
Número de Recurso397/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución185/2016
Fecha de Resolución22 de Abril de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

OVIEDO

SENTENCIA: 00185/2016

- COMANDANTE CABALLERO, 3

Teléfono: 985968771/8772/8773

213100

N.I.G.: 33026 41 2 2009 0201462

APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000397 /2016

Delito/falta: ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Denunciante/querellante: Baldomero

Procurador/a: D/Dª ANA MARIA ALVAREZ BRISO-MONTIANO

Abogado/a: D/Dª JOSE ANTONIO LOPEZ GOMEZ

Contra: Clemente, Eduardo, Eusebio, Franco, Caridad, Indalecio, Julio, Erica, Narciso, Prudencio, Samuel, Urbano,, Carlos José, Luis Pablo, Juan Enrique, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª ADELA MARIA DURAND BAQUERIZO, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, ADELA MARIA DURAND BAQUERIZO, IGNACIO SAL DEL RIO RUIZ, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI, MARIA DOLORES LOPEZ ALBERDI,

Abogado/a: D/Dª, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, ALICIA GARZON MERINO, JUAN JOSÉ NAREDO PANDO, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON, PEDRO HONTAÑON HONTAÑON,

SENTENCIA Nº 185/16

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ILMOS/AS SR./SRAS

Presidente/a:

D./DÑA. JAVIER DOMINGUEZ BEGEGA Magistrados/as

D./DÑA. ANA ALVAREZ RODRIGUEZ

D./DÑA. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ SANTOCILDES

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En OVIEDO, a veintidós de Abril de dos mil dieciséis.

Vistas, en grado de apelación, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, las diligencias de Juicio Oral nº 74/12, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 1 de Oviedo, (Rollo de Apelación nº 397/16), sobre delito de ESTAFA, siendo parte apelante Baldomero, cuyas demás circunstancias personales constan en las Diligencias, representado en el recurso por el Procurador Sr./Sra. Briso Montiano, bajo la dirección del Letrado Sr./Sra. López González, siendo apelados, Eduardo, Franco, Indalecio, Julio, Erica, Narciso, Prudencio, Samuel, Urbano, Carlos José, Luis Pablo, Juan Enrique, Clemente, representados por el Procurador Sr./Sra. López Alberdi, bajo la dirección del Letrado Sr./Sra. Hontañón Hontañón, y Eusebio representado por el Procurador Sr./Sra. Durand Baquerizo, bajo la dirección del Letrado Sr./Sra. Garzón Merino, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAVIER DOMINGUEZ BEGEGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal Nº 1 de Oviedo se dictó sentencia en las referidas diligencias de fecha 19 de enero de 2016, cuya parte dispositiva dice:

FALLO: "Que debo condenar y CONDENO a Baldomero, como autor responsable de un DELITO DE ESTAFA, a la pena de 1 AÑO y 10 MESES de PRISION e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el mismo periodo.

Asimismo, deberá abonar en concepto de responsabilidad civil, las siguientes cantidades a cada uno de los perjudicados:

- A Julio la cantidad de 5.177,70 euros.

- A NUM000 la cantidad de 9.480,24 euros.

- A Indalecio la cantidad de 1.238,08 euros.

- A Caridad la cantidad de 2.957,15 euros.

- A Urbano la cantidad de 6.229,20 euros.

- A Narciso la cantidad de 1.110 euros.

- A Carlos José y a Clemente, como herederos de Gema, la cantidad de 6.910,50 euros.

- A Carlos José la cantidad de 3.837,65 euros.

- A Samuel la cantidad de 2.358,75 euros.

- A Juan Enrique la cantidad de 1.203,60 euros.

- A Prudencio la cantidad de 1.222,50 euros.

Que debo absolver y ABSUELVO a Eusebio del delito por el que se le acusaba.

Que debo absolver y ABSUELVO a Franco del delito por el que se le acusaba.

Todo ello con expresa imposición al condenado de un tercio de las costas procesales causadas, con inclusión de las derivadas de la acusación particular, declarándose de oficio los dos tercios restantes".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por la representación del condenado recurso de apelación, del que se dio traslado al Ministerio Fiscal y remitido el asunto a esta Audiencia y repartido a esta Sección Tercera, se registró con el Rollo de Apelación nº 397/16, pasando para resolver al Ponente que expresa el parecer de la Sala.

TERCERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada y, con ellos, la...

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