ATS, 25 de Mayo de 2016

JurisdicciónEspaña
Fecha25 Mayo 2016
EmisorTribunal Supremo, sala primera, (Civil)

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Mayo de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

En fecha de 20 de mayo de 2015 se interpuso ante el Decanato de los Juzgados de Almería por don Guillermo demanda de relaciones paterno filiales y adopción de medidas coetáneas frente a doña Valle respecto de la hija común de ambos. La demanda fue repartida al Juzgado de Primera Instancia número 6 de Almería que la registró con el número 865/2015. Mediante escrito de 27 de julio de 2015 el demandante solicitó la acumulación de los autos número 1036/2015 del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Fuenlabrada, admitido por decreto de 3 de julio de 2015. Por auto del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Almería de 5 de noviembre de 2015 se estimó procedente la solicitud formulada por el demandante D. Guillermo de acumular al proceso 865/2015 del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Almería, el proceso pendiente en el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Fuenlabrada, con el número 1036/2015 (guarda y custodia), solicitando también, caso de que existieran la remisión de los autos de medidas cautelares.

Por auto de 24 de febrero de 2016 el Juzgado de Primera Instancia número 5 Fuenlabrada se denegó el requerimiento al entender que la acumulación debía hacerse al Juzgado de Fuenlabrada, al tener la madre y la menor el domicilio en dicho partido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 769.3 de la LEC , remitiendo las actuaciones para su remisión a este Tribunal como órgano superior común.

SEGUNDO

Registradas con el número 572/2016, se dio traslado al Ministerio Fiscal para informe. Consultada el registro de entrada ante este Tribunal se comprueba que existe otro asunto entre las mismas partes, mismos Juzgados a resolver por este Tribunal y que fue registrado con el número 377/2016.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Antonio Seijas Quintana

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la LEC y los artículos 81 y siguientes de la LEC , al constar un doble registro sobre el mismo asunto, procede la acumulación del asunto registrado como competencia 572/2016 de la Secretaría del Letrado de la Administración de Justicia, D. José María Llorente García, al asunto registrado como competencia 377/2016 de la Secretaría de la Letrado de la Administración de Justicia, Doña María Teresa Rodríguez Valls para su resolución conjunta.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

La acumulación del asunto registrado como competencia 572/2016 de la Secretaría del Letrado de la Administración de Justicia, D. José María Llorente García, al asunto registrado como competencia 377/2016 de la Secretaría de la Letrado de la Administración de Justicia, Doña María Teresa Rodríguez Valls.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR