STSJ Galicia 275/2016, 28 de Abril de 2016
Ponente | JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2016:2356 |
Número de Recurso | 4023/2015 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 275/2016 |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2016 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00275/2016
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 4023/2015
EN NO MBRE DEL REY
La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la
SENTENCIA
Ilmos. Sres. D.
JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA
JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ
MARÍA AZUCENA RECIO GONZÁLEZ
A Coruña, veintiocho de abril de dos mil dieciséis.
En el recurso contencioso-administrativo que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por D. Celestino, representado por D. Javier Bejerano Fernández y dirigido por D. José Ramón Cuervo Gómez, contra resolución de la Consellería de medio ambiente, territorio e infraestructuras, de 2 de diciembre de 2014, sobre imposición al demandante de multa de 7.500 euros, retirada de licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante siete años, así como contra resolución de dicha Consellería de 2 de marzo de 2015 desestimatoria de recurso de reposición formulado contra la anteriormente citada de 2 de diciembre de 2014. Es parte como demandada la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia. La cuantía del recurso es 7.500 euros.
Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Finalizado el trámite, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día veintiuno de abril de 2016.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Es Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.
El presente recurso se dirige contra resolución de la Consellería de medio ambiente, territorio e infraestructuras, de 2 de diciembre de 2014, sobre imposición al demandante de multa de 7.500 euros, retirada de licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante siete años, así como contra resolución de dicha Consellería de 2 de marzo de 2015 desestimatoria de recurso de reposición formulado contra la anteriormente citada de 2 de diciembre de 2014.
No puede ser acogida la alegación de caducidad del expediente sancionador ya que incoado el 11 de marzo de 2014, la notificación de la citada resolución de 2 de diciembre de 2014 (folio 85 expte.) fue intentada en fechas 10 de diciembre de 2014, a las 11'17 horas, y 11 de diciembre de 2014, a las 12'50 horas, atendiéndose así a lo recogido en el párrafo segundo del artículo 59.2 Ley 30/92, y siendo por tanto de aplicación la doctrina legal establecida en sentencia del Tribunal Supremo de 3 de diciembre de 2013, sobre culminación, a los presentes efectos, del intento de notificación en la fecha en que se llevó a cabo, habiéndose practicado en el caso tal...
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