SAP A Coruña 132/2016, 30 de Marzo de 2016
Ponente | MARIA DEL CARMEN ANTONIA VILARIÑO LOPEZ |
ECLI | ES:APC:2016:887 |
Número de Recurso | 204/2015 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 132/2016 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 (DESPL)
A CORUÑA
SENTENCIA: 00132/2016
AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA (Sección 6ª)
Nº Rollo: 204/15
Juzgado Primera Instancia Nº 3 Ribeira
Procedimiento: Juicio Ordinario 193/14
S E N T E N C I A
Nº 132/2016
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Sexta
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. ÁNGEL PANTÍN REIGADA, Presidente
Dña. SANDRA IGLESIAS BARRAL
Dña. Mª DEL CARMEN VILARIÑO LÓPEZ
En Santiago de Compostela, a treinta de marzo de dos mil dieciséis.
Vistos por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, integrada por los Señores cuyos nombres al margen se relacionan los presentes autos de juicio ordinario 193/14, sustanciados en el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Ribeira, y que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes; como apelante-demandada, Dña. Ángeles, representada en esta alzada por la Procuradora Dña. TAMARA PAISAL OUTEIRAL; como apelado-demandante, D. Claudio, representado en esta alzada por la Procuradora Dña. PAULA ALCALDE RIVEIRO. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dña. Mª DEL CARMEN VILARIÑO LÓPEZ.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada de fecha 26 de noviembre de 2015, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Riveira, cuya parte dispositiva, dice como sigue:
"- FALLO: Debo estimar y estimo íntegramente las pretensiones de la demanda planteada por la Procuradora Sra. Alcalde Riveiro, quien actúa en nombre y representación de D. Claudio, frente a Dña. Ángeles, condenando a ésta a la obligación de otorgar la escritura pública de formalización de compromiso de transmisión gratuita efectuado en escritura pública de fecha 19 de septiembre de 2011, en el plazo de dos meses, desde la notificación de la sentencia, bajo apercibimiento de que, de no proceder a ello, será el tribunal quien sustituya su voluntad, ordenando la inscripción, en el caso de los bienes inmuebles, en el Registro de la Propiedad que proceda. Así como el pago de las costas procesales".
roja y alfombra verde, dos cuadros de pinturaisor LCD, mesa de madera con seis sillas, mesa de forja verde de cristal, alfombra
Que notificada dicha sentencia a las partes, contra la misma interpuso recurso de apelación la representación procesal de la demandada. Dándose traslado del mismo a las demás partes personadas, y emplazándolas conforme a lo establecido en el artículo 461.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la representación procesal de la parte demandada presentó escrito de oposición al recurso.
De conformidad al artículo 463 de la misma Ley Procesal se remitieron los autos a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial para la resolución del recurso, en donde, recibidos, se formó el rollo de apelación civil número 204/15, pasándose los autos a Ponencia para deliberación, votación y fallo.
La sentencia recurrida estima la demanda formulada por D. Claudio frente a la ahora recurrente, Dña. Ángeles, condenándola, en los términos que han quedado transcritos en la parte dispositiva de la presente resolución, a la obligación de otorgar la escritura pública de formalización del compromiso de transmisión gratuita efectuado en escritura pública de 19 de...
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ATS, 31 de Octubre de 2018
...contra la sentencia de fecha 30 de marzo 2016 dictada por la Audiencia Provincial de A Coruña (Sección 6.ª), en el rollo de apelación n.º 204/2015 dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 193/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Mediante diligencia de ordenación, se acordó r......