SAP Barcelona 114/2016, 30 de Marzo de 2016

PonenteJOSE MANUEL REGADERA SAENZ
ECLIES:APB:2016:1636
Número de Recurso789/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución114/2016
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMONOVENA

ROLLO Nº 789/2014- D

Juicio verbal Nº 740/2013

Juzgado Primera Instancia 2 Esplugues de Llobregat

S E N T E N C I A Nº 114/16

Ilmo. Sr.

JOSÉ MANUEL REGADERA SAENZ

En la ciudad de Barcelona, a treinta de marzo de dos mil dieciséis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, seguidos por el Juzgado Primera Instancia 2 Esplugues de Llobregat, a instancia de CATALUNYACAIXA ASSEGURANCES GENERALS,S.A. contra ALUMPROJET,S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante CATALUNYACAIXA ASSEGURANCES GENERALS,S.A. contra la sentencia dictada en los mismos el dia 3 de septiembre de 2014, por el Sr. Magistrado del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la resolución apelada es del tenor literal siguiente: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada por la Entidad CATALUNYACAIXA ASSEGURANCES GENERALS S.A., contra la Entidad ALUMPROJET S.L debo absolver y absuelvo a éstas de las reclamaciones efectuadas en la demanda, imponiéndole las costas a la parte que las hubiera causado y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandante CATALUNYACAIXA ASSEGURANCES GENERALS,S.A. mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria y elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para resolver la presente apelación el día 16 de marzo de 2016.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo designado Magistrado Único el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MANUEL REGADERA SAENZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por parte de la representación de CATALUNYA CAIXA ASSEGURANCES GENERALS se interpone recurso de apelación contra la Sentencia dictada el día 3 de septiembre de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Esplugues de Llobregat en juicio verbal 740/2013. La mencionada resolución desestimó la demanda presentada por la apelante contra ALUMPROJECT, S.L. en reclamación de 5.636,37 euros, que es el importe de los daños sufridos por la vivienda propiedad de su asegurada, Sra. Eugenia, en la vivienda de su propiedad sita en la CALLE000, NUM000, NUM001 de Sant Just Desvern. Entendió la resolución recurrida que no existe prueba de que los empleados de la demandada, que llevaban a cabro obras de rehabilitación del edifico, dejaran abierto un grifo de la vivienda del NUM002, que fue lo que provocó los daños en la vivienda asegurada por la actora.

La apelante insiste en que hay que presumir que los empleados de la demandad fueron los que cometieron la acción culposa que produjo los daños cuyo importe de reparación se reclaman.

La apelada solicita la confirmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Son requisitos necesarios para que la acción pueda prosperar: a) una acción u omisión ilícita, b) la realidad y constatación de un daño causado, c) la...

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