SAP Pontevedra 230/2016, 5 de Mayo de 2016

PonenteMANUEL ALMENAR BELENGUER
ECLIES:APPO:2016:631
Número de Recurso276/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución230/2016
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00230/2016

APELACIÓN CIVIL

Rollo: 276/16

Asunto: Incidente Concursal (impugnación textos definitivos)

Número: I 16/15 Concurso 355/14

Procedencia: Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Pontevedra

Ilmos. Sres. Magistrados

D. FRANCISCO JAVIER MENÉNDEZ ESTÉBANEZ

D. MANUEL ALMENAR BELENGUER

D. JACINTO JOSÉ PÉREZ BENÍTEZ

LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, INTEGRADA POR LOS MAGISTRADOS ANTERIORMENTE EXPRESADOS,

HA DICTADO

EN NOMBRE DEL REY

LA SIGUIENTE

SENTENCIA NÚM.230

En Pontevedra, cinco de mayo de dos mil dieciséis.

Visto el rollo de apelación seguido con el núm. 276/16, dimanante de los autos de incidente concursal suscitado en el concurso incoado con el núm. 355/14 por el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Pontevedra, siendo apelantes las sociedades demandantes/acreedoras " DISTRIBUCIONES DE GALICIA ALDICO, S.L.", "DENSA NEUMÁTICOS Y LUBRICANTES, S.L." y "DISTRIBUCIONES FROIZ, S.L.", representadas por el procurador Sr. Portela Leirós y asistidas por el letrado Sr. De Andrés Herrero, y parte apelada la Administración Concursal de "GEDAS GESTION Y DESAROOLLO DE ÁREAS DE SERVICIO, S.A." (abogado Sr. González García), la concursada "GEDAS GESTION Y DESAROOLLO DE ÁREAS DE SERVICIO, S.A.", representada por el procurador Sr. Fernández García y asistida por el letrado Sr. Cuadrado Ramos, y los acreedores BANCO PASTOR, S.A.U., representado por el procurador Sr. Gil Tranchez, y el BANCO DE SABADELL, S.A., representado por la procuradora Sra. Angulo Gascón. Es Ponente el Ilmo. Sr.

D. MANUEL ALMENAR BELENGUER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 4 de enero de 2016 se pronunció por el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Pontevedra en los autos de incidente concursal dimanante del procedimiento de concurso de los que deriva el presente rollo de apelación, sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada, decía:

" Que debo desestimar como desestimo esta demanda de incidente de impugnación de textos definitivos, presentada por el Procurador SR. PORTELA LEIRÓS en nombre y representación de las mercantiles DISTRIBUCIONES DE GALICIA ALDICO S.L., DENSA NEUMÁTICOS Y LUBRICANTES S.L., DISCIBRAN S.L. Y DISTRIBUCIONES FROIZ S.L.

Las costas se imponen al demandante vencido por aplicación del artículo 394 de la LECivil . "

SEGUNDO

Notificada la resolución a las partes, por la representación de la demandante (a excepción de "Discibrán, S.L.") se interpuso recurso de apelación mediante escrito presentado el 29 de enero de 2016 y por el que, tras alegar los hechos y razonamientos jurídicos que estimó de aplicación, terminaba suplicando que, previos los trámites legales, se dicte sentencia en la que, estimando el recurso, se revoque la de instancia y se estime el suplico de la demanda incidental, con imposición de costas a la apelante.

TERCERO

Del referido recurso se dio traslado a las demás partes, oponiéndose únicamente la Administración concursal a medio de escrito presentado el 29 de marzo de 2016 y por el que interesó la desestimación del recurso, con imposición de las costas a la recurrente, tras lo cual con fecha 31 de marzo de 2016 se elevaron las actuaciones a la Audiencia Provincial para la resolución del recurso, turnándose a la Sección 1ª, donde se acordó formar el oportuno rollo de apelación y se designó Ponente al Magistrado Sr. MANUEL ALMENAR BELENGUER, que expresa el parecer de la Sala.

CUARTO

En la sustanciación del recurso se han observado todas las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Cronología de los hechos más relevantes y planteamiento de la cuestión debatida.

Son antecedentes fácticos de interés para la resolución del recurso interpuesto por la demandante, contra la sentencia que rechazó la impugnación de los textos definitivos, los siguientes:

  1. La entidad "Gedas Gestión y Desarrollo de Áreas de Servicio, S.A." (en lo sucesivo GEDAS) fue declarada en concurso voluntario ordinario en virtud de Auto dictado en fecha 4 de diciembre de 2014 por el Juzgado de lo mercantil núm. 1 de Pontevedra, en el procedimiento concursal núm. 355/14; el edicto se publicó en el BOE de 27 de diciembre de 2014.

  2. Con fecha 10 de febrero de 2015, la Administración concursal presentó el informe previsto en los arts. 74 y 75 de la Ley Concursal, que se puso de manifiesto a los acreedores por providencia de 11 de febrero, notificada el 16 del mismo mes, si bien previamente, con una antelación de diez días, se había dirigido comunicación telemática al deudor y a los acreedores de los que constaba su dirección electrónica -entre los que se encontraban los hoy demandantes-, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

  3. En el informe general se recogían los créditos derivados de las siguientes operaciones y con la calificación de ordinarios:

    - Con fecha 27 de mayo de 2008, Banco Español de Crédito (luego banco de Santander) concedió a la sociedad "Área de Servicios Placeres, S.L." (en lo sucesivo, A.S. PLACERES) una póliza de descuento y anticipo de créditos mercantiles, con un límite de 200.000 € y la fianza solidaria de GEDAS.

    - Con fecha 13 de abril de 2009, Banco Español de Crédito suscribió una póliza de préstamo con A.S. PLACERES, por importe de 400.000 €, con la fianza solidaria de GEDAS.

    - Con fecha 31 de mayo de 2009, Banco Español de Crédito concedió a A.S. PLACERES un nuevo préstamo por importe de 152.000 €, con la fianza solidaria de GEDAS.

    - Con fecha 9 de diciembre de 2009, Catalunya Bank celebró con la mercantil A.S. PLACERES un contrato de arrendamiento financiero de un grupo electrógeno insonorizado de arranque automático, por importe de 33.025 €, afianzado con la garantía solidaria de GEDAS.

    - Con fecha 7 de octubre de 2010, Catalunya Bank concedió a la mercantil A.S. PLACERES un préstamo por importe de 275.000 €, con la fianza solidaria de GEDAS.

    - Con fecha 26 de septiembre de 2012, Catalunya Bank formalizó con A.S. PLACERES un contrato de línea global de crédito, por un importe de 50.000 €, que contó con la fianza solidaria de GEDAS.

    - En fecha 21 de octubre de 2014, Banco Pastor hacía concedido un préstamo a D. Juan Antonio y Dña. Coro, con el afianzamiento solidario de GEDAS.

    - En fecha 16 de octubre de 2014, la entidad "As Placeres" suscribió un contrato de arrendamiento financiero de bienes muebles con la mercantil "Ancarella Lavado del Automóvil, S.L.", en el que intervino como fiadora GEDAS.

    - Con fecha 10 de octubre de 2014, el Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Pontevedra declaró el concurso de la sociedad A.S. PLACERES.

  4. En la fecha en que GEDAS solicitó el concurso, los mencionados créditos, en cuyas operaciones había intervenido como fiadora solidaria dicha entidad, se encontraban impagados por incumplimiento directo o indirecto -por la propia declaración de concurso- del deudor principal.

  5. Las entidades "Distribuciones de Galicia Aldico, S.L.", "Densa neumáticos y Lubricantes, S.L." y "Distribuciones Froiz, S.L.", que figuraban incluidas en la lista de acreedores, no formularon alegación alguna al proyecto de lista de acreedores remitido por la Administración concursal y en el que constaba la clasificación otorgada a los créditos objeto de afianzamiento como ordinarios, sin que tampoco impugnaran la lista de acreedores publicada con fecha 16 de febrero de 2015.

  6. La Administración concursal presentó los textos definitivos el 20 de abril de...

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