SAP León 160/2016, 18 de Abril de 2016

PonenteMANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO
ECLIES:APLE:2016:407
Número de Recurso8/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución160/2016
Fecha de Resolución18 de Abril de 2016
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

SENTENCIA: 00160/2016

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

N.I.G.: 24115 41 2 2009 0008336

APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000008 /2016

Delito/falta: LESIONES

Denunciante/querellante: Benito, Eduardo

Procurador/a: D/Dª JOSEFA JULIA ALICIA BARRIO MATO, JOSEFA JULIA ALICIA BARRIO MATO

Abogado/a: D/Dª PABLO SOTO RODRÍGUEZ, PABLO SOTO RODRÍGUEZ

Contra: MINISTERIO FISCAL, Heraclio

Procurador/a: D/Dª, MARIA PILAR FERNANDEZ BELLO

Abogado/a: D/Dª, JUAN MANUEL ALONSO CARBAJO

S E N T E N C I A Nº.160/16

Iltmos. Sres.

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO. Presidente acctal.

D. MIGUEL ÁNGEL AMEZ MARTÍNEZ.-Magistrado.

D. D. TEODORO GONZÁLEZ SANDOVAL. Magistrado

En León, a dieciocho de Abril de dos mil dieciséis.

VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Tercera, en grado de apelación, los autos de P.A. Nº 205/2013 procedentes del Juzgado de lo Penal de Ponferrada, siendo parte apelante don Benito y don Eduardo

, representados por la Procuradora Dª Josefa Julia Barrio Mato, defendidos por el Letrado D. Pablo Soto Rodríguez; y como parte apelada el MINISTERIO FISCAL así como don Heraclio, representado por la Procuradora Dª Mª Pilar Fernández Bello, defendido por el Letrado D. Juan Manuel Alonso Carbajo; y ponente el Magistrado, Ilmo. Sr. Don MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de lo Penal de Ponferrada se dictó Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Debo condenar y CONDENO a D. Benito como autor de UN delito DE LESIONES AGRAVADAS, concurriendo la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas y la agravante de abuso de superioridad, a la pena de CUATRO AÑOS y SEIS MESES, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y al pago de la mitad de las costas procesales causadas incluidas las de la acusación particular. Debo condenar y CONDENO a D. Eduardo como autor de UN delito DE LESIONES AGRAVADAS

, concurriendo la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas y la agravante de abuso de superioridad, a la pena de CUATRO AÑOS y SEIS MESES, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y al pago de la mitad de las costas procesales causadas incluidas las de la acusación particular.

Se condena a ambos a que de manera conjunta y solidaria indemnicen cono responsabilidad civil derivada del ilícito cometido:

- al SACYL en la cantidad de 14.114,50 € por los gastos asistenciales, y médicos generados por la atención prestada a Heraclio, junto con los intereses procesales previstos en la LEC que se devenguen desde la presente sentencia.

- a Heraclio en la cantidad de 25.000 € por las lesiones y secuelas causadas por la lesiones producidas, junto con los intereses procesales previstos en la LEC que se devenguen desde la presente sentencia."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución, se formuló recurso de apelación por la representación procesal de don Benito y de don Eduardo, siendo impugnado el recurso y solicitada su desestimación tanto por el Ministerio Fiscal como por la representación de don Heraclio .

TERCERO

Elevados los autos a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial, se registraron y se turnaron de ponencia, quedando para deliberación y fallo.

CUARTO

La sentencia del Juzgado de lo Penal de Ponferrada contiene la siguiente relación de hechos probados: " Se declaran como tales que el día 9 de agosto del 2009 eran las fiestas de la localidad de Corullón a la que habían ido los acusados y más amigos suyos y por otra parte Heraclio y su novia Fermina . Sobre las

03.00 horas Fermina saluda a Benito separándose de ellos Heraclio, si bien en un momento y al observar éste que ambos gesticulaban mucho se acerca a ver qué pasaba y tras decirle algo Benito y discutir, éste menoscaba de manera voluntaria la integridad física de Heraclio ya que con un objeto contundente que se colocó en la mano, le golpea dándole varios puñetazos en la cara y demás parte del cuerpo tras lo cual pero de manera seguida, Eduardo sabiendo lo que estaba ocurriendo, junto con otras personas no identificadas que hacían un corro alrededor evitando que Heraclio escapara, mientras lo tenía sujeto por el cuello un tercero no identificado, a la vez que Benito le seguía golpeando él también le agrede dándole patadas y puñetazos por todo el cuerpo.

Tras ocurrir los hechos, Benito con su ropa manchada de sangre comentó a sus amigos, tras preguntar uno qué había pasado: "me cago en Dios el tío éste de siempre, que la tenía unas ganas... casi lo reviento a patadas, que a gusto quedé tío".

Heraclio fue ayudado por Fermina a levantarse y acude a su coche aparcado cerca y coge un palo regresando al lugar donde ocurren los hechos, viendo de frente como un joven no identificado iba hacia él a la vez que varios chicos más, por lo que Heraclio se va corriendo cayendo por un desnivel, no siendo alcanzado por nadie ni recibiendo agresión alguna, permaneció allí un tiempo al estar dolorido y también por encontrase a salvo, hasta que se dirige a un vecino que le auxilia y avisa a la ambulancia, siendo trasladado al centro hospitalario.

Resultado de la agresión referida, Heraclio sufrió herida en labio inferior, fractura compleja de C6 y fractura de la apófisis espinosas de C3, C4 y C5, necesitando para su curación además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico mediante hospitalización y sutura, invirtiendo en su sanidad 310 días de los cuales 33 fueron de hospitalización, 274 impeditivos para el ejercicio de sus actividades habituales y 3 no impeditivos, quedando como secuelas en tronco-columna vertebral y pelvis algias postraumáticas sin compromiso radicular, otorgándose por el médico forense 3 puntos en su valoración de secuelas. El mismo tenía 28 años cuando ocurren los hechos, no pudiendo reincorporarse a su trabajo el cual perdió. Reclama la cantidad de 25. 000 € por las lesiones sufridas y daños morales.

Por la asistencia y atención sanitaria, médica y quirúrgica prestada a Heraclio, se generaron unos gastos para el Sacyl que ascienden a la cantidad de 14.114, 50 € que reclama como indemnización.

Las actuaciones se incoaron el día 14 de agosto del 2009; el 14 septiembre se amplía el atestado y se toma declaración a los ahora imputados el 15 septiembre 09 se produce la inhibición al juzgado de instrucción nº 2; el 2 octubre admite la inhibición y acuerda la acumulación a las DP 1084/09 seguidas ante el mismo; el 19 octubre se tiene por personada a la procuradora de los acusados; el 29 octubre pasan las actuaciones al

M. Fiscal; el 12 abril 2010 se...

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