SAP Cádiz, 13 de Abril de 2004
Ponente | FERNANDO FRANCISCO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA |
ECLI | ES:APCA:2004:652 |
Número de Recurso | 23/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 13 de Abril de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº
PRESIDENTE ILMO. SR.
DÑA. ROSA MARIA FERNANDEZ NUÑEZ
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. FERNANDO FRANCISCO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA
D. PEDRO MARCELINO RODRÍGUEZ ROSALES
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: J. 1ª Instancia Nº 1 Puerto de Santa María
ROLLO DE APELACIÓN Nº 23/2004
AUTOS Nº 519/2002
En la Ciudad de Cádiz a trece de abril de dos mil cuatro.
Visto, por la Sección Primera de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Procedimiento Ordinario seguido en el Juzgado referenciado sobre reclamación de cantidad. Interpone el recurso INDUSTRIA NAUTICA DEL SUR S.L. que en la instancia fuera parte demandada estando representada por el Procurador D. Angel Morales y defendido por el Letrado Sr. Aguilar. Es parte recurrida FINANZAUTO, S.A. que fue representada por el Procurador D. Jaime Terry y defendido por el Letrado Sr. Araluce, que en la instancia ha litigado como parte demandante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 17 de junio de 2.003, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Que estimando la demanda promovida por el Procurador D. Jaime Terry Martínez, en nombre y representación de Finanzauto S.A., contra Industria Náutica del Sur S.L., debo condenar y condeno a ésta a abonar a la parte actora la suma de 11.823,20 euros, la cual devengará el interés legal desde la fecha de presentación de la petición de proceso monitorio 221/2002 y el previsto en el artículo 576 de la LEC desde la fecha de la presente sentencia hasta su completo pago. Ello condenando a la demandada al pago de las costas procesales.
Interpuesto recurso de apelación y tramitado en forma, se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde se ha formado rollo y turnado de ponencia. Cumplidos los trámites legales, y una vez se recibieron los CDs relativos a la grabación de las vistas, quedaron los autos conclusos.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO FRANCISCO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA quien expresa el parecer del Tribunal.
Varios son los motivos alegados por el recurrente a la hora de impugnar la resolución dictada por el Juzgador a quo, basándose el primero de ellos en un motivo formal, cual es la no grabación del acto del juicio, estimando que le impide la correcta formulación del recurso, causándosele una efectiva indefensión.
Según consta en las actuaciones, el acto del...
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