ATS, 11 de Mayo de 2016
Ponente | ANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO |
ECLI | ES:TS:2016:3796A |
Número de Recurso | 570/2015 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2016 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a once de Mayo de dos mil dieciséis.
El administrador concursal de Recobesa SL, D. Cornelio , interpuso el día 6 de febrero de 2015 recurso de casación contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de A Coruña (Sección Cuarta) en el rollo de apelación nº 236/2014 , dimanante de los autos del incidente concursal nº 4/2013 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña.
Por diligencia de ordenación de fecha 12 de febrero de 2015 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación.
Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Luis Arredondo Sanz, en nombre y representación de Recobesa SL y Propertyxest SL, presentó sendos escritos ante esta sala con fecha 19 de febrero de 2015, personándose en calidad de parte recurrida. El administrador concursal de Recobesa SL, D. Cornelio , presentó escrito ante esta Sala con fecha 25 de marzo de 2015 personándose en calidad de parte recurrente.
La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Pantaleon Prieto
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por el administrador concursal D. Cornelio , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC .
De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por el administrador concursal D. Cornelio . contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de A Coruña (Sección Cuarta) en el rollo de apelación nº 236/2014 , dimanante de los autos del incidente concursal nº 4/2013 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña.
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) Entregar copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.