STSJ Galicia 204/2016, 23 de Marzo de 2016

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2016:1863
Número de Recurso4078/2015
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución204/2016
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00204/2016

Procedimiento Ordinario Nº 4078/2015

EN NO MBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA

ILMOS. SRS.

D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA - PTE.

D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

Dª. MARÍA AZUCENA RECIO GONZÁLEZ

En la ciudad de A Coruña, a veintitrés de marzo de dos mil dieciséis.

En el recurso contencioso-administrativo que con el Nº 4078/2015 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por "A Centoleira, S.L.", representada por D. Juan Pedro Perreau de Pinninck y Zalba y dirigida por D. José Carlos Hermelo Fernández, contra la Resolución de 22-12-2014 del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Es parte demandada el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, representado y dirigido por la Abogacía del Estado . La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó que se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Una vez practicadas, con el resultado que consta en autos, las pruebas admitidas, y cumplimentado el trámite de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, a cuyo fin, por providencia de 7-3- 16 se fijó el día 17-3-16.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Magistrado Sr. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la Resolución de 22-12-2014 del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que desestimó el recurso de alzada interpuesto por la actora contra otra de 8-9-2014 de la Jefa del Servicio Provincial de Costas de Pontevedra, que denegó la autorización para ocupar con una terraza terrenos de dominio público marítimo-terrestre en el paseo de la playa de Beluso, término municipal de Bueu.

SEGUNDO

La entidad actora pretende en su demanda que se anulen las resoluciones impugnadas y se le conceda la autorización interesada. Los fundamentos legales de dicho escrito dedicados a las cuestiones de fondo se limitan a la cita y transcripción de diversos preceptos que se consideran aplicables al caso enjuiciado. Es en la relación de hechos de la demanda en la que se exponen las razones en las que se basa la pretensión de la recurrente. En ella se alega que la solicitud de la actora cuenta con informe favorable del Ayuntamiento de Bueu, lo que no se tuvo en cuenta por la Administración demandada; que la denegación de lo solicitado se basa en un informe que no se adjunta a las resoluciones y que solo se reproduce parcialmente en la de 8-9-2014, y que además fue emitido por alguien, como es la Jefa del área de explotación y planificación portuaria, que no es el Servicio de Costas, que es el competente para tramitar y resolver la autorización interesada; que como consecuencia de la construcción de una pasarela sobre la playa de Beluso se hizo inviable el mantenimiento de la terraza del...

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