STSJ Galicia 1571/2016, 17 de Marzo de 2016

PonenteJOSE MANUEL MARIÑO COTELO
ECLIES:TSJGAL:2016:1677
Número de Recurso1935/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1571/2016
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

SECRETARÍA SRA. FREIRE CORZO // MDM

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2011 0003156

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001935 /2015

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000874 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

RECURRENTE/S: Coral

ABOGADO/A: PAULA QUINTELA PAIS

PROCURADOR: MARIA LUISA PANDO CARACENA

RECURRIDO/S: CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE

ABOGADO/A: LETRADO COMUNIDAD

RECURRIDO/S: UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

ABOGADO/A: UNIVERSIDAD SANTIAGO DE COMPOSTELA

PROCURADOR/A: MARIA FARA AGUIAR BOUDIN

RECURRIDO/S: TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL(TRAGSATEC), EMPRESA DE TRANSFORMACION AGRARIA, S.A. TRAGSA

ABOGADO/A: SONIA PEREZ CERECEDO

PROCURADOR/A: JORGE BEJERANO PEREZ

ILMOS. SRS. MAGISTRADOS

JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO

FERNANDO LOUSADA AROCHENA

MANUEL CARLOS GARCÍA CARBALLO

En A CORUÑA, a diecisiete de Marzo de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X. GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACIÓN 0001935/2015, formalizado por la letrada doña Paula Quintela Pais, en nombre y representación de Dª Coral, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000874/2011, seguidos a instancia de Dª Coral frente a la CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, la UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA, la empresa de TEC NO LOGÍAS Y SERVICIOS AGRARIOS SA - SDAD. UNIPERSONAL- (TRAGSATEC) y la empresa de TRANSFORMACIÓN AGRARIA SA (TRAGSA), siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, con fecha 7/12/2011 se presentó demanda por Dª Coral contra la Xunta de Galicia- Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, la empresa Transformación Agraria S.A. (Tragsa), la empresa Tecnología y Servicios Agrarios S.A. (Tragsatec) y la Universidad de Santiago de Compostela (USC) sobre cesión ilegal y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 2 de Santiago de Compostela, de fecha 19 de enero de 2015, en autos nº 874/2011, desestimando la demanda rectora del procedimiento.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal siguiente:

"Primero.- La demandante ha venido prestando servicios desde el 19 de octubre de 2005, en la Subdirección Xeral de Investigación, Cambio Climático e Información Ambiental - MeteoGalicia de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, sita en Rúa Roma n° 6, 15.707 Santiago de Compostela, con la categoría de Licenciada en Ciencias Matemáticas y un salario mensual con prorrata de pagas extras de 2.191,67 euros.- Segundo- MeteoGalicia es el Servicio Meteorológico de Galicia, que depende de la Subdirección Xeral de Investigación, Cambio Climático e Información Ambiental, dentro de la Secretaría Xeral de Calidade e Avaliación Ambiental de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con el Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura de la citada Consellería (DOG 10 de junio de 2009).- Tercero.- En fecha de 5 de julio de 2.000 se firmó un convenio de colaboración entre la Consellería de Medio Ambiente y la Universidad de Santiago de Compostela para el desarrollo de la unidad de la Observación Metereológica y Climatología y de los modelos numéricos de Predicción Metereológica de Galicia, convenio al que se fueron efectuando posteriories adendas, siendo la última de 31 de diciembre de 2.004, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2.005.- Cuarto.- La demandante suscribió contrato para obra o servicio determinado con la USC de fecha 18 de octubre de 2005, "para a realización de traballos de visualización, en relación co contrato de investigación Desenvolvementoda unidade de observaciónmeteorolóxica e climatolóxica e de modelos numéricos de predicción meteorolóxicade Calicia (ADDENDA 111), con cargo a la partida orzamentaria 5050.XA11.64200.- Quinto.- Posteriormente, y tras la pérdida de vigencia del convenio suscrito entre la Consellería y la USC, la demandante suscribió contrato de obra o servicio determinado con TRAGSA de fecha 1 de junio de 2006, cuyo objeto es la realización de la obra o servicio "ASISTENCIA TÉCNICA PARA A OBSERVACIÓN E PREDICIÓN DO CLIMA. ANUALIDAD 2006-2007". Con fecha 1 de enero de 2008, este contrato fue objeto de una Addenda a través de la cual se modificó la cláusula sexta, del contrato, relativa al objeto, que pasa a ser "CONTINUACIÓN: ASISTENCIA TÉCNICA PARA A OBSERVACIÓN E PRODICIÓN DO CUMA POR ENCARGO DA CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE DA XUNTA DE CAUCIA".- Sexto.- Al anterior siguió el contrato de obra o servicio determinado con TRAGSATEC de fecha 1 de junio de 2008, cuyo objeto es la realización de la obra o servicio "ENCOMENDA DE XESTIÓN PARA A OBSERVACIÓN E PRODICIÓN DO CLIMA EN GALICIA, POR ENCARGO DA CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE E DESENVOLVEMENTO SOSTIBLE DA XUNTA DE GALICIA". El citado contrato temporal se convierte en indefinido desde el 1 de agosto de 2008. Con fecha 14 de abril de 2009, se modifica mediante Addenda la comunicación de la conversión de contrato temporal en contrato indefinido de fecha 1 de agosto de 2008, estableciéndose las siguientes cláusulas adicionales: -Cláusula adicional 1.- Si la Asistencia Técnica a la Consellería de Medio Ambiente e Desenvolvemento Sostible de la Xunta de Galicia "Xestión para a observación e predicción do clima en Galicia", en algún momento, no se continuase prestando por parte de medio propio TRAGSA TEC, la nueva empresa que preste el servicio está obligada a subrogar al trabajador en los términos y condiciones laborales que figuran en el presente contrato, tanto en el supuesto de que el servicio pase a prestarse por una empresa pública o privada. -Clausula adicional

  1. - Queda anulado el texto que configura la presente clásusula adicional en el Contrato de referencia, pasando a constituir dicha cláusula la que hasta el momento figuraba como cláusula adicional Y.- Séptimo.- Las tareas que desempeña la demandante son: 1.las de diseño, implementación y mantenimiento evolutivo de la Intranet de MeteoGalicia, aplicación web para uso y publicación internos de todos los productos de interés elaborados por cualquiera de los departamentos de MeteoGalicia. 2. 2.El diseño, implementación y mantenimiento evolutivo de las aplicaciones que utiliza el departamento de Predicción Operativa para elaborar todas las predicciones: durante todo el año: Predicción a corto plazo a nivel autonómico. Predicción marítima. Predicción por localidades. Predicción de adversos meteorológicos. Predicción para Caminos de Santiago. Gestión de observaciones. Productos estacionales: Predicción ultravioleta, Predicción de ola de calor. Predicción específica para playas. 3.Elaboración y mantenimiento de tareas programadas esenciales para la operatividad de las tareas definidas en los dos puntos anteriores, tales como Tareas de descarga de datos e imágenes con resultados de modelos numéricos desde el CESGA, Generación automática de la predicción a medio plazo.

  2. Diseño, implementación y mantenimiento evolutivo de la web de MeteoGalicia (b.ttp://www.meteogalicia.es). Contiene, esencialmente, la publicación de toda la información relevante generada por los departamentos de MeteoGalicia. 5. Mantenimiento evolutivo de la web de Cambio (b.ttp://www.siam.medioambiente.xunta.es/ cambioclimaticogalicial). 6.Diseño, implementación y mantenimiento evolutivo de productos específicos para usuarios externos: Aplicación web para la consulta de datos de la red de aforos de ríos del organismo "Augas de Galicia". Aplicación web para la consulta de resultados relacionados con la predicción de olas de calor para el orgarusmo "Consellería de Sanidade" (Saúde Pública). Aplicación web para la consulta de datos de predicción y observación pare el organismo "El Correo Gallego". Información de predicción y observación en formato RSS y XML para consulta y uso de todos los usuarios externos de MeteoGalicia. 7.Diseño, implementación y mantenimiento evolutivo de productos específicos para entidades externas. Actualmente: Aplicación web para la consulta de datos de la red de aforos de ríos del organismo "Augas de Galicia". Aplicación web para la consulta de resultados relacionados con la predicción de olas de calor para el organismo "Consellería de Sanidade" (Saúde Pública). 8. Tareas en proyectos de investigación coordinados por MeteoGalicia o que cuentan con su participación (actualmente, el departamento de "Área TIC" participa en los proyectos RA1A y MeteoSix). Estas tareas pueden incluir: participación y/o liderazgo en las reuniones de seguimiento de dichos proyectos con las entidades socias. Generación de documentación, diseño, implementación y mantenimiento evolutivo de aplicaciones o productos específicos que formen parte de los objetivos de los proyectos. 9.Desde el 1 de julio de 2011, las tareas relacionadas con el mantenimiento evolutivo de la web del Sistema de Información Ambiental de Galicia (bttp://siam.medioambiente.xunta.es) y de todas las aplicaciones dependientes de este servicio, dependiente de la Secretaria Xeral de Calidade e Avaliación Ambiental.-Octavo.- El horario de trabajo de la demandante es de 08:00 a 15:00 horas salvo los jueves en que también realiza un turno de tarde, a diferencia del personal laboral de la Xunta de Galicia. El control de...

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