SAP Zaragoza 166/2016, 22 de Marzo de 2016
Ponente | FRANCISCO ACIN GAROS |
ECLI | ES:APZ:2016:473 |
Número de Recurso | 662/2015 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 166/2016 |
Fecha de Resolución | 22 de Marzo de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00166/2016
SENTENCIA NUMERO: 166/2016
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Ilmos. Señores:
Presidente
D. JULIAN CARLOS ARQUE BESCOS
Magistrados
D. FRANCISCO ACIN GAROS
Dª MARIA ELIA MATA ALBERT
En Zaragoza, a veintidós de marzo de dos mil dieciséis.
VISTOS por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas nº 139/15, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA nº 6 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN NUMERO 662/15, siendo apelante DON Leovigildo, representado por la Procuradora doña Blanca Pradilla Carreras y asistido por el Letrado don Ramón Morte Oliver, y apelada DOÑA María Teresa, representada por el Procurador don Carlos Falcón Sopeña y asistida por la Letrada doña Asunción Bustillo Sofin, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, y
Se aceptan los antecedentes fácticos de la sentencia impugnada, y
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6, de los de Zaragoza, se dictó el 13 julio 2015 sentencia que contiene el siguiente fallo: "Que estimo parcialmente la demanda de modificación de medidas definitivas establecidas en el procedimiento regulación de efectos de ruptura de relación convivencial interpuesta por la Procuradora Dª Blanca Pradilla Carreras en nombre y representación de D. Leovigildo contra Dª María Teresa y en su virtud y respecto de la sentencia de 21.10.2003 debo declarar y declaro: 1)Se modifica el régimen de visitas vigente en la actualidad de tal manera que las estancias de fines de semana alternos se desarrollarán entre las 10 horas del sábado y las 19 horas del domingo. En tales horas el hijo y el padre se encontrarán en el centro comercial del Carrefour del Actur de esta ciudad de Zaragoza (en tanto en cuanto de mutuo acuerdo no fijen otro lugar). Tal lugar también será aquel en el que se verificarán los intercambios de cara a las visitas en los periodos vacacionales respecto del que se mantiene en el mismo régimen en la actualidad vigente.- Desde el momento en que el hijo cumpla los 16 años, esto es desde el día 2 de junio de 2016, el régimen de visitas y comunicaciones entre padre e hijo seré el que los mismos libremente acuerden.- 2) Se fija la cantidad que en concepto de gastos de asistencia y alimentos debe abonar D. Leovigildo a Dª María Teresa a favor de su hijo Juan Enrique y que se fija en 140 euros mensuales a hacer efectivos y actualizar en la forma fijada en la sentencia de 21.10.2003.- Ambos progenitores contribuirán por mitad a los gastos extraordinarios necesarios del hijo y los no necesarios serán hechos efectivos en base a los acuerdos a que lleguen los progenitores y en su defecto por aquel que hubiere determinado la realización del gasto.- Las presentes medidas so de aplicación desde la fecha en que se dicta esta Sentencia.- No procede especial pronunciamiento condenatorio en cuanto a las costas de esta instancia."
La representación procesal de la parte actora interpuso recurso de apelación, del que se dio traslado a las partes personadas, presentando la contraria dentro del término de emplazamiento escrito de oposición.
Remitidos los autos a esta Sala y no habiéndose propuesto prueba, ni considerándose necesaria la celebración de vista, se señaló el día 15 marzo 2016 para votación y fallo.
En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don FRANCISCO ACIN GAROS.
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