SAN, 17 de Octubre de 2000
Ponente | MANUEL TRENZADO RUIZ |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª |
ECLI | ES:AN:2000:6236 |
Número de Recurso | 0724/1999 |
Sentencia
Madrid, a diecisiete de octubre de dos mil.
Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala Contencioso Administrativo de la
Audiencia Nacional, ha promovido la Procuradora de los Tribunales Doña María Angeles Almansa
Sanz, en nombre y representación de D. Rogelio , contra la Administración General del
Estado, representado por el Abogado del Estado, sobre Nacionalidad. Siendo Ponente el Iltmo Sr.
Magistrado de esta sección D. Manuel Trenzado Ruiz.
El acto impugnado procede del Ministerio de Justicia y es de fecha 26 de Marzo de 1999.
Interpuesto recurso contencioso administrativo ante esta Audiencia Nacional, en 19 de octubre de 1999 después de admitido a trámite, reclamado el expediente administrativo y publicado el anuncio de interposición, se dio traslado al recurrente para que formalizara la demanda, solicitando en el Suplico la estimación del recurso.
Presentada la demanda se dio traslado de la misma al Abogado del Estado con entrega del expediente administrativo para que la contestara, y formalizada dicha contestación solicitó en el Suplico se desestimaran las pretensiones del recurrente confirmando los actos impugnados por ser conformes a Derecho.
Contestada la demanda y habiéndose denegado por Auto de 15 de junio de 2000 el recibimiento a prueba solicitado, quedaron los autos conclusos para sentencia, señalándose para votación y fallo el día 10 de Octubre de 2000, en que, efectivamente se votó y falló.
El presente recurso, interpuesto por la representación de D. Rogelio , tiene por objeto la resolución del Ministerio de Justicia de fecha 26 de Marzo de 1999, por la que se le denegó la solicitud de concesión de la nacionalidad española al recurrente.
El recurrente solicita en la demanda que se dicte sentencia por la que estimando la demanda se anulen y dejen sin efecto la resolución objeto del recurso declarando el derecho del recurrente a obtener la nacionalidad española.En defensa de sus pretensiones alega, resumidamente que reside en España desde el 1 de enero de 1989 y casado con española desde el 1 de marzo siguiente y tiene dos hijos. Sobre el Informe de la Dirección General de la Policía afirma que solo se refiere a posibles detenciones, dado que la primera causa tiene la responsabilidad penal extinguida por cumplimiento en 3 de marzo de 1990. La segunda fue archivada por no ser responsable y la tercera por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS, 15 de Julio de 2004
...de 17 de octubre de 2000 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, de la Audiencia Nacional en recurso núm. 724/99 con expresa condena en costas al Así por esta nuestra sentencia, firme , lo pronunciamos, mandamos y firmamos PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha si......