SAP Palencia 156/2005, 24 de Mayo de 2005
Ponente | JUAN MIGUEL DONIS CARRACEDO |
ECLI | ES:APP:2005:151 |
Número de Recurso | 192/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 156/2005 |
Fecha de Resolución | 24 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª |
SENTENCIA: 00156/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
PALENCIA
Sección 001
Domicilio : PLAZA DE ABILIO CALDERÓN 1
Telf : 979.167.701
Fax : 979.746.456
Modelo : SEN01
N.I.G.: 34120 37 1 2005 0101236
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000192 /2005
Juzgado procedencia : JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de CARRION DE LOS CONDES
Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000487 /2004
Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado
la siguiente
SENTENCIA NUMERO CIENTO CINCUENTA Y SEIS
SEÑORES DEL TRIBUNAL
Ilmo. Sr. Presidente
DON CARLOS J. ALVAREZ FERNANDEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
DON DON ANGEL MUÑIZ DELGADODON MIGUEL DONIS CARRACEDO
---------------------------------En la ciudad de Palencia, a 24 de mayo de 2005
VISTOS, en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PALENCIA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000487 /2004, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION
N. 1 de CARRION DE LOS CONDES , a los que ha correspondido el Rollo 0000192 /2005, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 22/02/05 entre partes, de una como apelante PELAYO MAUTUA DE SEGUROS Y Guillermo representado por el Procurador Dª SOLEDD CALDERON , y asistido por el Letrado D. IGNACIO CALDERON , y de otra, como apelada D. Lucas Y Pedro representadoS por la Procuradora Sra. Pallares , y asistidos por el Letrado D. Manuel Jesús García, siendo Magistrado/s Ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL DONIS CARRACEDO.
-
- Que el Fallo de dicha Sentencia literalmente dice:" Estimo parcialmente la demanda interpuesta por Lucas y Pedro contra Guillermo Y COMPAÑIA PELAYO y, en su virtud, condeno a estos últimos a que indemnicen solidariamente a Lucas en la cantidad de 29962.99 euros, salvo error u omisión, y a Pedro en 4554,47 euros, salvo error u omisión.
A dichas cantidades se devengará el interés del art. 20 de la ley de contrato de seguro desde la fecha del siniestro.
Sin imposición de costas.
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- Contra dicha Sentencia interpuso la parte Demandada el presente Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos y se sustanció con la intervención de los Letrados indicados en el encabezamiento de la presente resolución, solicitando el de la apelante la revocación de la sentencia apelada y el apelado la confirmación de la misma.
Contra la Sentencia de 22-2-2.005, emanada del Juzgado de 1ª Instancia de Carrión de los Condes y por la que se Estimó Parcialmente la Demanda en su día instada, se alza la Representación Procesal de la mercantil aseguradora "PELAYO MUTUA DE SEGUROS" y de Guillermo e interesando, en síntesis, la Revocación de mencionada Resolución en el sólo aspecto de la cantidad concedida, por Incapacidad Permanente Total, a Lucas y en base a los Argumentos que se plasman en el correspondiente Escrito de Interposición.
Por su parte la Representación Procesal de referida persona y de Pedro , en su correspondiente Escrito de Oposición al de Apelación Interpuesto, interesó la íntegra Confirmación de la Sentencia Recurrida.
De un nuevo examen de las Actuaciones, en relación con la prueba actuada y en el específico aspecto de la materia que se Impugna, hemos de llegar, entendemos, a Solución IDENTICA a la sustentada por el Juzgador...
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