SAP Palencia 156/2005, 24 de Mayo de 2005

PonenteJUAN MIGUEL DONIS CARRACEDO
ECLIES:APP:2005:151
Número de Recurso192/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución156/2005
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª

SENTENCIA: 00156/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

PALENCIA

Sección 001

Domicilio : PLAZA DE ABILIO CALDERÓN 1

Telf : 979.167.701

Fax : 979.746.456

Modelo : SEN01

N.I.G.: 34120 37 1 2005 0101236

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000192 /2005

Juzgado procedencia : JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de CARRION DE LOS CONDES

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000487 /2004

Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado

la siguiente

SENTENCIA NUMERO CIENTO CINCUENTA Y SEIS

SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente

DON CARLOS J. ALVAREZ FERNANDEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON DON ANGEL MUÑIZ DELGADODON MIGUEL DONIS CARRACEDO

---------------------------------En la ciudad de Palencia, a 24 de mayo de 2005

VISTOS, en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PALENCIA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000487 /2004, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION

N. 1 de CARRION DE LOS CONDES , a los que ha correspondido el Rollo 0000192 /2005, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 22/02/05 entre partes, de una como apelante PELAYO MAUTUA DE SEGUROS Y Guillermo representado por el Procurador Dª SOLEDD CALDERON , y asistido por el Letrado D. IGNACIO CALDERON , y de otra, como apelada D. Lucas Y Pedro representadoS por la Procuradora Sra. Pallares , y asistidos por el Letrado D. Manuel Jesús García, siendo Magistrado/s Ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL DONIS CARRACEDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Que el Fallo de dicha Sentencia literalmente dice:" Estimo parcialmente la demanda interpuesta por Lucas y Pedro contra Guillermo Y COMPAÑIA PELAYO y, en su virtud, condeno a estos últimos a que indemnicen solidariamente a Lucas en la cantidad de 29962.99 euros, salvo error u omisión, y a Pedro en 4554,47 euros, salvo error u omisión.

    A dichas cantidades se devengará el interés del art. 20 de la ley de contrato de seguro desde la fecha del siniestro.

    Sin imposición de costas.

  2. - Contra dicha Sentencia interpuso la parte Demandada el presente Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos y se sustanció con la intervención de los Letrados indicados en el encabezamiento de la presente resolución, solicitando el de la apelante la revocación de la sentencia apelada y el apelado la confirmación de la misma.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra la Sentencia de 22-2-2.005, emanada del Juzgado de 1ª Instancia de Carrión de los Condes y por la que se Estimó Parcialmente la Demanda en su día instada, se alza la Representación Procesal de la mercantil aseguradora "PELAYO MUTUA DE SEGUROS" y de Guillermo e interesando, en síntesis, la Revocación de mencionada Resolución en el sólo aspecto de la cantidad concedida, por Incapacidad Permanente Total, a Lucas y en base a los Argumentos que se plasman en el correspondiente Escrito de Interposición.

Por su parte la Representación Procesal de referida persona y de Pedro , en su correspondiente Escrito de Oposición al de Apelación Interpuesto, interesó la íntegra Confirmación de la Sentencia Recurrida.

SEGUNDO

De un nuevo examen de las Actuaciones, en relación con la prueba actuada y en el específico aspecto de la materia que se Impugna, hemos de llegar, entendemos, a Solución IDENTICA a la sustentada por el Juzgador...

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