SAP Madrid 154/2016, 19 de Febrero de 2016

PonenteELADIO GALAN CACERES
ECLIES:APM:2016:2097
Número de Recurso546/2015
ProcedimientoRECURSO DE APELACIÓN
Número de Resolución154/2016
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª

N.I.G.: 28.079.00.2-2014/0141804

Recurso de Apelación 546/2015

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 80 de Madrid

Autos de Familia. Modificación de medidas supuesto contencioso 935/2014

Demandante/Apelante: DON Eduardo

Procurador: Doña Ana Isabel Lobera Argüelles

Demandado/Apelado: DOÑA Virginia

Procurador: Doña Raquel Gómez Sánchez

Ponente: Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

SENTENCIA Nº

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

Ilma. Sra. Dña. Rosario Hernández Hernández

En Madrid, a diecinueve de febrero de dos mil dieciséis.

La Sección Vigesimosegunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de Modificación de medidas, bajo el nº 935/14, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 80 de los de Madrid, entre partes:

De una, como apelante, don Eduardo, representado por la Procurador Doña Ana Isabel Lobera Argüelles.

De otra, como apelado, doña Virginia, representada por la Procurador Doña Raquel Gómez Sánchez.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Con fecha 20 de febrero de 2015, por el Juzgado de Primera Instancia nº 80 de los de Madrid, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Lobera Argüelles, en nombre y representación de D. Eduardo, contra Dª Virginia, debo declarar y declaro no haber lugar a la modificación de las medidas acordadas por sentencia nº 285, dictada, en Procedimiento de Divorcio, seguido, en este Juzgado, con el nº 1018/2006, el día 18 de abril de 2006. Con expresa imposición de costas a la parte actora. Contra esta Sentencia, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de 20 días, ( artículo 458.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ).

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgado en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo".

TERCERO

Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Don Eduardo, exponiéndose en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.

De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, presentándose por la representación legal de Doña Virginia, escrito de oposición.

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, en su momento, señalar para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 18 de los corrientes.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante, a través del escrito de interposición del recurso de apelación planteado contra la sentencia de instancia, y con revocación de la misma, solicita que se reconozca a favor del demandante el derecho a prestar la pensión de alimentos fijada en favor de su hija, a elección de aquel, en efectivo, metálico, la cantidad de 400 €, o recibir a la hija en su propio domicilio y a afrontar su propio mantenimiento.

Refiere que la hija tiene 25 años, hace mención al percibo del subsidio por parte del demandante en el importe de 426 € mensuales, y aun cuando su situación fuese la misma que cuando se dictó la sentencia de divorcio, no está en posibilidad de abonar el importe de 400 € mensuales, más las actualizaciones. Refiere que lleva ocho años en situación de desempleo, hace alusión a la edad del...

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