SAP Guadalajara 238/2006, 16 de Noviembre de 2006

PonenteISABEL SERRANO FRIAS
ECLIES:APGU:2006:437
Número de Recurso282/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución238/2006
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 238/06

En Guadalajara, a dieciséis de Noviembre de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1 de la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de JUICIO VERBAL Nº 565/2005, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N.3 de GUADALAJARA, a los que ha correspondido el Rollo Nº 282/2006, en los que aparece como parte apelante

D. Alonso , representado por el Procurador D. JOSE MIGUEL SANCHEZ AYBAR y asistido por el Letrado

D. VICENTE GUILARTE GUTIÉRREZ, y como parte apelada la DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO representada y asistida por el ABOGADO DEL ESTADO, sobre impugnación de resolución de la Dirección General de Registros y Notariados, y siendo Magistrado/s Ponente la Ilma. Sra. Dª. ISABEL SERRANO FRIAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 29-Junio-2006 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda presentada por el Procurador D. José Miguel Sánchez Aybar en nombre y representación del Registrador de la Propiedad de Cogolludo D. Alonso contra la Resolución de la DGRN de 10 de junio de 2005.= Todo ello con imposición de las costas procesales a la parte actora. ".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de D. Alonso , se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo el pasado día 14 de Noviembre.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Como destaca la parte recurrente la cuestión litigiosa es muy concreta y sencilla a simple vista, versando sobre la concurrencia en el supuesto planteado de los requisitos exigidos en el art. 46 del RD 1093/1997 en los apartados primero y tercero .

Nos encontramos ante una solicitud de inscripción de obra nueva presentando al efecto ante el Registro de la Propiedad correspondiente, la escritura pública de obra nueva otorgada con fecha 10 de mayo de 2001, extendiendo el Registrador de la propiedad, parte demandante y recurrente en el presente procedimiento, calificación negativa a la inscripción por faltar acreditar la constitución del seguro decenal en garantía de la edificación, no siendo este extremo objeto de polémica en estos autos, y en segundo lugar, y es esta la materia en debate, por referirse la licencia concedida para la construcción de dos plantas recogiendo la escritura pública tres, existiendo así una contradicción que impediría el acceso de la obra nueva al Registro.

Correctamente planteados los términos de la controversia en el primero de los fundamentos de Derecho de la Sentencia de primera instancia, en el que se recoge que el demandante y ahora recurrente, en su condición de Registrador de la Propiedad, había impugnado, a través del cauce procesal establecido en el artículo 328 de la Ley Hipotecaria (RCL 1946\886), la Resolución dictada por la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 10 de junio de 2005 que había revocado la Nota del referido Registrador denegatoria de la inscripción de una Escritura de obra nueva, las cuestiones planteadas en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra dicha Sentencia, desestimatoria de la demanda, se centran en dilucidar si debe mantenerse el criterio de la Dirección General todo ello a partir de si se consideran o no integrados los requisitos del citado art. del RD 1093 /1997 , mantiene el recurrente que si bien se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 46.3 esto es, la certificación del arquitecto técnico competente, pronunciándose sobre la adecuación de la obra ejecutada al...

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