SAP Cantabria 2342/2008, 10 de Diciembre de 2008

PonenteJOSE LUIS LOPEZ DEL MORAL ECHEVERRIA
ECLIES:APS:2008:1431
Número de Recurso355/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución2342/2008
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SANTANDER

SENTENCIA: 02342/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA

Sección Primera

ROLLO RP NUM. 355/08

S E N T E N C I A NUM. 342/08

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

Don José Luis López del Moral Echeverría

Doña María Rivas de Antoñana

Don Ernesto Sagüillo Tejerina

En la Ciudad de Santander, a diez de diciembre de dos mil ocho.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación el juicio Rapido número 332 de 2008, procedente del Juzgado de lo Penal nº1 de Santander, Rollo de Sala núm. de 355/08, seguida por delito de quebrantamiento de condena, contra Juan Alberto, representado pro el procurador Sr.Vara del Cerro y defendido por el letrado Sr. Rodríguez Altonaga.

Ha sido parte apelante de este recurso el Ministerio Fiscal.

Es ponente de esta resolución el Magistrado Don José Luis López del Moral Echeverría, quien expresa el parecer unánime de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan en su integridad los de la Sentencia de instancia; y

PRIMERO

En la causa de que este Rollo dimana, por el Juzgado indicado se dictó con fecha 4 de Septiembre de 2008 Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente: "HECHOS PROBADOS. Que de la prueba practicada en el plenario no ha quedado acreditado que el acusado el dia 17 de agosto de 2008 quebrantara la condena impuesta en su dia por el juzgado de lo Penal nº 1 de aproximación a la residencia y persona y lugar del trabajo de la victima Valentina . FALLO: debo absolver y absuelvo a Juan Alberto del delito de quebrantamiento de condena de que venia siendo acusado por el ministerio Fiscal con declaración de oficio de las costas causadas -"

SEGUNDO

Por la representación procesal, el Ministerio Fiscal, interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, admitido a trámite por providencia del Juzgado; una vez dado traslado del recurso a las demás partes conforme ordena la Ley, se elevó la causa a esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, habiéndose deliberado y Fallado el recurso en el día de ayer.

HECHOS PROBADOS Se aceptan los de la sentencia de instancia, que se dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia absolutoria dictada por el Juez de lo Penal interpone recurso de apelación el Ministerio Fiscal quien no comparte los argumentos que se expresan en la resolución impugnada para absolver al denunciado. Considera el recurrente innecesario que hubiera de identificarse a la mujer cuando es lo cierto que el agente policial ya la conocía al estar encargado de su protección, igualmente estima impertinente la realización de diligencia alguna para constatar que denunciado y víctima se encontrasen en el mismo lugar dado que así lo adveró el propio policía en el juicio. Por último, el hecho de que no se detuviera a la mujer como supuesta cooperadora necesaria en el delito que se imputa al denunciado no supone alteración alguna en la credibilidad del testimonio policial, testimonio que relata pormenorizadamente como el hombre y la mujer se encontraban juntos y discutían, lo cual constituye una vulneración de la prohibición de acercamiento que, como pena, pesaba sobre el denunciado, cuya vigencia conocía perfectamente. En definitiva, si la sentencia admite que el agente vio a al acusado junto a la mujer y que ambos discutieron, no cabe en modo alguno...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR