SAP Murcia 85/2009, 5 de Febrero de 2009

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2009:517
Número de Recurso238/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución85/2009
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA: 00085/2009

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Martínez Pérez

D. Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

SENTENCIA Nº 85

En la ciudad de Murcia, a cinco de febrero de dos mil nueve.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 840/06, -rollo nº 238/08-, entre las partes, actora D. Ramón , mayor de edad, casado, vecino de Murcia, con domicilio en Santa Cruz, DIRECCION000 nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM001 , representado por el Procurador Sr. Páez Navarro y dirigido por el Letrado Sr. Morcillo Barrera; y demandada, Dª. María Esther , mayor de edad, casada, vecina de Barcelona, con domicilio en CALLE000 nº NUM002 , con D.N.I. nº NUM003 , y D. Eulalio , mayor de edad, casado con la anterior, con D.N.I. nº NUM004 , representados por el Procurador Sr. Arjona Ramírez y dirigidos por el Letrado Sr. Gálvez Nicolás. Versando sobre incumplimiento de contrato de compraventa.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Ramón contra la sentencia de 28 de septiembre de 2007, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Murcia; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Ramón , representado por el procurador D. Justo Páez Navarro, contra DOÑA María Esther y D. María Esther , representados por el procurador D. AlfonsoArjona Ramírez, debo de absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones formuladas en su contra con expresa condena al pago de las costas procesales a la parte actora".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso D. Ramón recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 238/08 , y se señaló el 4 de febrero de 2009 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

D. Ramón interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se requiriera al demandado D. Eulalio y Dª. María Esther a restituir al actor la cantidad entregada como señal en el contrato de compraventa celebrado el 2 de noviembre de 2003 en Santa Cruz (Murcia), duplicada y que ascendía a

24.000 euros.

Exponía la representación del actor que el Sr. Ramón , actuando en nombre de su esposa, compró el 2-11-2003 un terreno en la pedanía de Santa Cruz, con una superficie de 300 metros cuadrados, por un precio de 51.000 euros. Dicha finca estaba inscrita en el Registro de la Propiedad de Murcia en el Libro NUM005 , Sección 5ª, folio NUM006 , finca nº NUM007 , y el comprador abonó en concepto de señal la cantidad de 12.000 euros, pactándose que el resto del precio (39.000 euros) se entregaría cuando se otorgara escritura pública.

Añadía la representación del actor que el comprador creyó erróneamente que el terreno comprado era un solar y por tanto susceptible de ser...

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