STSJ Extremadura 64/2016, 18 de Febrero de 2016

PonenteMERCENARIO VILLALBA LAVA
ECLIES:TSJEXT:2016:133
Número de Recurso321/2015
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución64/2016
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00064/2016

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM. 64

PRESIDENTE :

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

MAGISTRADOS :

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON CASIANO ROJAS POZO /

En Cáceres a dieciocho de febrero de dos mil dieciséis.

Visto el recurso contencioso administrativo número 321 de 2015, promovido por el Procurador Don Jesús Fernández de las Heras, en nombre y representación de DON Alonso, siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, recurso que versa sobre: Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de 27 de mayo de 2015, recaída en el expediente número NUM000, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto, contra la desestimación de reintegro de las cantidades no percibidas en concepto de productividad F2 y complemento de seguridad vial. Cuantía 639,75 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito, mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora.

TERCERO

No habiéndose recibido a prueba el pleito por las partes, se señalándose día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado especialista Don MERCENARIO VILLALBA LAVA, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por Don Alonso se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de 27-5-2015 recaída en el expediente NUM000 en que se desestimaba el recurso de alzada interpuesto, referido al no percibo del concepto de productividad F2 y de seguridad vial.

La Administración en la contestación a la demanda señala que por resolución de 7-1-2011, el Capitán del Subsector de Tráfico de Badajoz acordó no proponer al recurrente para la percepción del complemento de productividad funcional y los complementos que se referían a la de productividad funcional de aplicación correspondiente al mes de diciembre de 2010 y del período de julio a diciembre de 2010, lo que se notificó el 14-1-2011, resolución lo que fue recurrida en alzada, resuelta y notificada, y desestimada también en sentencia judicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Mérida el 15-1-2012, de ahí que sobre tal cuestión exista cosa juzgada.

Del mismo modo, el 7-2-2011 el Capitán del Subsector de Tráfico de Badajoz acordó no proponer para la...

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