ATS, 16 de Marzo de 2016

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2016:1892A
Número de Recurso2256/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Marzo de dos mil dieciséis.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Basilio presentó el día 4 de septiembre de 2014 escrito de interposición de recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal, contra la sentencia dictada, con fecha 1 de julio de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 21ª), en el rollo de apelación nº 1004/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 310/2009 del Juzgado de primera instancia nº 87 de Madrid.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 11 de septiembre de 2014 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes el día 12 de septiembre siguiente.

  3. - El procurador D. Victorio Venturini Medina, en nombre y representación de D. Basilio , presentó escrito ante esta Sala el 18 de septiembre de 2014, personándose en concepto de parte recurrente , al tiempo que la procuradora Dª. Mónica de la Paloma Fente Delgado, en nombre y representación de D. David , presentó escrito el día 27 de octubre de 2014, personándose ambos en concepto de parte recurrida .

  4. - Por la parte recurrente se han constituido los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de D. Basilio , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizado por la representación de D. Basilio , con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓNY EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de D. Basilio contra la sentencia dictada, con fecha 1 de julio de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 21ª), en el rollo de apelación nº 1004/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 310/2009 del Juzgado de primera instancia nº 87 de Madrid.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra esta resolución no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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